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Chile: Un llamado a apoyar iniciativa sobre libertad de conciencia y religión

CHILE
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Redacción de Aleteia - Aleteia Chile - publicado el 14/12/21
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Una propuesta desde la mayoría de confesiones religiosas enviada a la Convención Constitucional con el objetivo de que la libertad religiosa y de conciencia esté presente en la nueva Constitución

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El proceso constituyente en Chile, derivado del "estallido social" de 2019, avanza y se espera que a mediados de 2022 pueda haber un nuevo plebiscito para aprobar o rechazar la nueva Constitución.

En medio de esto, en procura de un Chile más justo y digno, recientemente fue enviada a la Convención Constitucional la denominada iniciativa popular de norma nº 3042. Detrás se encuentran la mayoría de las confesiones religiosas presentes en el país, entre ellas la Iglesia católica.

Es así, tal cual recuerda una nota de la Iglesia de Chile, que la Conferencia Episcopal invita a todos los creyentes y a la ciudadanía a apoyar hasta el 6 de enero esta iniciativa. Lo que se busca con esto es relevar en la nueva Constitución del derecho a la libertad religiosa y de conciencia de las personas.

“Para poder sumarse a esta iniciativa se debe entrar a la Plataforma Digital de Participación Popular de la Convención y buscar la iniciativa: 'Confesiones religiosas quieren contribuir con la CC: Proponen texto sobre la libertad religiosa y de conciencia en Nueva Constitución. Iniciativa nº 3.042'. También se puede ingresar directamente a través de este link”, recuerda la nota.

“Luego, para apoyar la iniciativa se debe completar el 'Registro de participación popular' para lo que se debe ingresar con la clave única, o el n° de serie - documento de la cédula de identidad, completando los datos que se solicitan de manera fidedigna. Tras ingresar dichos datos se puede pinchar en el banner verde para dar el apoyo a la iniciativa”, se agrega.

Un trabajo en conjunto

La iniciativa presentada recientemente guarda de fondo el trabajo realizado por un grupo de trabajo de las confesiones religiosas en Chile con el fin de la presentación de un artículo sobre libertad religiosa y conciencia en la Constitución. Para ello, desde agosto de 2021, se viene trabajando de manera conjunta. El primer paso fue la presentación de un texto base denominado “Propuesta de contenido sobre Libertad Religiosa en la nueva Constitución”. El mismo, prosigue la Iglesia de Chile, fue presentado el pasado 18 de octubre. El segundo paso fue la elaboración de un texto de artículo.

“Se innova al incluir las religiones y creencias, con lo cual se recoge el derecho a la libertad religiosa y de conciencia de nuestros pueblos originarios. Se trata de un texto que ha sido acordado en un proceso de muchas consultas y durante varios meses entre las diversas confesiones religiosas y creencias”, se afirma en el comunicado.

El articulado, tres puntos

En cuanto al articulado de la propuesta se ponen de manifiesto tres puntos para que asegure la Constitución. Uno de ellos es la libertad de conciencia y religión.

“La libertad religiosa comprende su libre ejercicio, la libertad de profesar, conservar y cambiar de religión o creencias, así como el derecho de asociarse para profesar y divulgar la religión o las creencias, tanto en público como en privado, en cuanto no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público. El Estado no puede coaccionar a persona alguna para actuar en contra sus convicciones o creencias religiosas y toda persona puede abstenerse de realizar conductas contrarias a ellas”, establece el primer punto.

El otro hace referencia al reconocimiento a las confesiones religiosas y creencias como sujetos de derechos, por lo cual gozan de plena autonomía e igual trato para el desarrollo de sus fines.   

“Podrán celebrarse acuerdos de cooperación con ellas. Podrán erigir templos, dependencias y lugares para el culto, los cuales estarán exentos de toda clase de contribuciones. Los daños causados a dichos templos, dependencias y lugares para el culto y a las personas en el ejercicio de este derecho se consideran un atentado contra los derechos humanos de los afectados”, se indica.

Por último, el punto vinculado a los padres (o tutores) y “el derecho a que sus hijos reciban la educación religiosa, espiritual y moral de acuerdo con sus propias convicciones”.

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