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¿Cuándo se declara nulo un matrimonio?

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Por tu matrimonio - publicado el 28/07/15
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Las causas de nulidad del matrimonio deben haber existido antes de contraerse el matrimonio. Algo que se diera sólo posteriormente, aunque fuera al día siguiente de la boda, no sería causa de nulidad

La anulación eclesiástica del matrimonio o  Decreto de Invalidez

El matrimonio sacramental, debidamente realizado y consumado es indisoluble. Cuando hay casos extremos que impiden la sana convivencia, la Iglesia propone la separación de cuerpos donde se aísla la pareja, pero no se rompe el vínculo sacramental.


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¿Por qué un matrimonio es nulo?

La única forma como un presunto vínculo matrimonial se disuelve es cuando la Iglesia lo declara nulo, mediante un proceso de “anulación” o “Decreto de Invalidez”.

Es decir, la anulación se da en casos que se puede demostrar que, por razones anteriores al vínculo o por irregularidades en su celebración, el vínculo matrimonial propiamente dicho nunca existió.

Una vez declarada la nulidad del vínculo anterior los contrayentes quedan libres de casarse, aunque deben cumplir las obligaciones naturales nacidas de la unión precedente (Véase, Catecismo de la Iglesia Católica, No. 1629).

¿Qué es la nulidad matrimonial?

Es la ausencia de validez de un matrimonio católico, reconocida por un tribunal eclesiástico. Es decir la Iglesia, después de una cuidadosa investigación, declara que en realidad nunca existió ese matrimonio, porque faltó alguna condición esencial.

¿Cuándo se puede y se debe pedir la anulación de un matrimonio católico?

La anulación se puede pedir cuando hay la sospecha con razones de peso de que existe una causal que hace el matrimonio inválido.

Se debe adelantar el proceso de nulidad después de agotar las posibilidades de sanear el vicio que pueda tener el matrimonio y de sacar el matrimonio adelante.

¿Qué causas hacen que un matrimonio se declare nulo?

Las causas de nulidad del matrimonio deben haber existido antes de contraerse el matrimonio. Algo que se diera sólo posteriormente, aunque fuera al día siguiente de la boda, no sería causa de nulidad.

Esto es necesario repetirlo y clarificarlo: no es lo mismo un matrimonio fracasado que un matrimonio nulo. Las causas de nulidad son de tres clases:

1. Por incapacidad de las partes. Por ejemplo: si no tienen la edad mínima exigida; o son del mismo sexo, o si son hermanos; o en caso de que uno de los contrayentes tenga un matrimonio previo vigente.

2. Por defectos en el consentimiento. Se señalan 3 deficiencias en el contrayente:

– Quien no tiene suficiente uso de razón (el discapacitado mental).

– Quien no tiene la madurez suficiente para consentir sobre esas obligaciones y derechos (inmadurez).

– Quienes no pueden asumir las obligaciones del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (un psicópata, por ejemplo).

3. Por vicios en la forma de realizar el matrimonio. Por ejemplo,  cuando los novios no dan el consentimiento ante el párroco o un ministro (sacerdote o diácono) autorizado por la Iglesia; cuando se casan primos hermanos sin los debidos permisos de la Iglesia.

¿Qué diferencia existe entre nulidad matrimonial y separación de cuerpos?

El efecto de la declaración de nulidad es admitir que el matrimonio nunca existió y las partes no tienen ningún vínculo entre ellas; son solteras.

En la separación, el vínculo matrimonial permanece, pero cesan los efectos de la convivencia, los derechos y deberes conyugales.

¿Qué ocurre con los hijos de un matrimonio declarado nulo?

Los hijos siguen siendo considerados como legítimos ante el derecho. A ellos no los afecta la nulidad en su condición ante la ley.

¿Cómo puedo comenzar el proceso para obtener un Decreto de Invalidez?

Consulte primero a un sacerdote o diácono de su parroquia para saber si su caso aplica para un proceso de nulidad y sobre el tipo de Tribunal al cual debe recurrir. Para comenzar un Caso Formal debe completar un cuestionario
dando un historial de su matrimonio previo. Próximamente deberá reunirse con un Asesor de Caso, un abogado de Derecho Canónico o un sacerdote que le ayude a presentar el caso y llenar los papeles preliminares, le explique el proceso y le responda sus preguntas.

Para ver un ejemplo de cuestionario sobre la nulidad eclesiástica del matrimonio entre a http://es.catholic.net

¿Cuánto cuesta adelantar un proceso de nulidad en un tribunal eclesiástico?

Unos Tribunales Eclesiásticos cobran según la capacidad de la persona y otros cobran una tarifa determinada.

Hay que anotar que no es necesario contratar abogado, pues se puede actuar directamente ante el tribunal eclesiástico. Cuando es necesario la Iglesia ofrece sus servicios gratuitamente.



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¿Una persona cuyo matrimonio fue anulado puede volverse a casar?

Sí, puede volverse a casar. Solo en algunos casos, cuando se comprueba que una de las partes que incurrió en causal de nulidad sigue presentando el mismo inconveniente (por ejemplo, sigue siendo inmaduro), se le prohíbe contraer nuevas nupcias hasta comprobar que ya no sufre la causal. Eso lo verifica el tribunal eclesiástico.

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