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El papa Francisco autoriza que las mujeres puedan ayudar en el altar

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Ary Waldir Ramos Díaz - publicado el 11/01/21
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El Pontífice realiza un cambio en la ley eclesial para el acceso de las mujeres a los ministerios del lectorado y acolitado: ya no serán excepciones, sino la norma

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El papa Francisco ha autorizado el servicio de las mujeres en el altar de forma definitiva. El Vaticano informó hoy del cambio en la ley eclesial que oficializa el acceso de las personas femeninas a los ministerios del lectorado y acolitado; práctica que los obispos localmente permitían según el caso, pero que con la modificación del Papa, ya no es una excepción, sino una norma.

Este lunes 11 de enero de 2021, el Pontífice ha firmado la Carta Apostólica Spiritus Domini en forma de Motu Proprio con la cual se informa de la modificación del can. 230 § 1 del Código de Derecho Canónico.

Es la Iglesia de hombres y mujeres bautizados que debemos consolidar promoviendo la ministerialidad y, sobre todo, la conciencia de la dignidad bautismal”, afirma el obispo de Roma que explica su decisión en una carta al cardenal Luis F. Ladaria, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Según un editorial del Vaticano, Francisco cambia el Código de Derecho Canónico al institucionalizar lo que ya ocurre en la práctica: el acceso de las laicas al servicio de la Palabra y del altar.

De esta manera, queda de manifiesta la oficialidad de que las mujeres puedan leer la Palabra de Dios durante las celebraciones litúrgicas; o que realizan un servicio en el altar, como monaguillos o como dispensadoras de la Eucaristía. Esto no es una novedad: en muchas comunidades del mundo son ahora una práctica autorizada por los obispos, se lee en la nota.

“Los laicos que tengan la edad y los dones determinados por decreto de la Conferencia Episcopal podrán ser asumidos establemente, mediante el rito litúrgico establecido, en los ministerios de lectores y acólitos; sin embargo, tal atribución no les da derecho al sustento ni a la remuneración por parte de la Iglesia”. Canón 230 § 1

Hasta hora, era una excepción

Hasta ahora, todo esto se ha realizado sin un mandato institucional real y adecuado, en derogación de lo establecido por San Pablo VI. Éste,, en 1972, al abolir las llamadas “órdenes menores”, había decidido mantener el acceso a estos ministerios reservados a los hombres, sólo porque los consideraba preparatorios para un eventual acceso a las órdenes sagradas.

Ahora el Papa Francisco, también a raíz del discernimiento que surgió de los últimos Sínodos de Obispos, quiso hacer oficial e institucional esta presencia femenina en el altar.

La nueva formulación del canon establece:

“Los laicos de una edad y unos dones determinados por decreto de la Conferencia Episcopal podrán ser empleados permanentemente, mediante el rito litúrgico establecido, en los ministerios de lectores y acólitos”.

Por lo tanto, se suprime la especificación “del sexo masculino” que se refería a los laicos y que estaba presente en el texto del Código hasta la modificación de hoy.

El Vaticano informó que Francisco, en su carta al cardenal, después de recordar en las palabras de San Juan Pablo II que “con respecto a los ministerios ordenados la Iglesia no tiene en absoluto la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres”.

Acolitado y lectorado

Sin embargo,  añade que “para los ministerios no ordenados es posible, y hoy parece oportuno, superar esta reserva”. Es decir, que se trata de

ofrecer a los laicos de ambos sexos la posibilidad de acceder a los ministerios de Acolitado y Lectorado, en virtud de su participación en el sacerdocio bautismal, aumentará el reconocimiento, también a través de un acto litúrgico (institución), de la preciosa contribución que desde hace tiempo muchísimos laicos, incluidas las mujeres, ofrecen a la vida y a la misión de la Iglesia”.

El Papa concluyó en su carta que “la decisión de conferir estos cargos, que implican estabilidad, reconocimiento público y el mandato del obispo, también a las mujeres hace más efectiva la participación de todos en la labor de evangelización de la Iglesia”.

La decisión de conferir también a las mujeres estos cargos, que implican estabilidad, reconocimiento público y un mandato del obispo, hace más efectiva en la Iglesia la participación de todos en la obra de evangelización.

Asimismo, el Papa establece que la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos se encargará de la aplicación de la mencionada reforma mediante la modificación de la Editio typica del Pontificale romanum o “De Institutione Lectorum et Acolythorum”.

Formación necesaria

Además, Francisco habla de la formación de laicos y laicas:

Corresponderá a las Conferencias Episcopales establecer criterios adecuados para el discernimiento y la preparación de los candidatos a los ministerios del Lectorado o del Acolitado, o a otros ministerios que consideren instituir, según lo dispuesto en el Motu Proprio Ministeria Quaedam, con la aprobación previa de la Santa Sede y de acuerdo con las necesidades de la evangelización en su territorio”. 

En definitiva, el Papa indica que de este modo, además de

“responder a lo que se pide para la misión en el tiempo presente y de acoger el testimonio de muchísima mujeres que se han ocupado y siguen ocupándose del servicio a la Palabra y al Altar, se hará más evidente -también para quienes se encaminan hacia el ministerio ordenado- que los ministerios del Lectorado y del Acolitado están enraizados en el sacramento del Bautismo y de la Confirmación”.



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