El profesor Massimo Gandolfini respondeEsta semana hablamos de encarnizamiento terapéutico: término muy utilizado y aparentemente de fácil comprensión.
Gracias al prof. Massimo Gandolfini, neurocirujano y bioeticista que estas semanas nos explica algunas palabras vinculadas al “fin de la vida”, podemos entender mejor cuándo efectivamente el uso de este término es correcto y cuándo en cambio es necesario hablar de “insistencia terapéutica”.
Gandolfini. Definimos “encarnizamiento terapéutico”: obstinación en los tratamientos de los que no se puede fundamentalmente esperar un beneficio para la salud del enfermo e/o un significativo mejoramiento de su calidad de vida.
El término “encarnizamiento terapéutico” es utilizado sólo en Italia y España. En el mundo anglosajón se usa el “principio de futilidad”: un determinado tratamiento terapéutico es útil/fútil respecto al objetivo que se quiere alcanzar.
Obviamente, para emitir o no un juicio de encarnizamiento terapéutico es necesario establecer un criterio de juicio: se habla de criterio de proporcionalidad del tratamiento.
En base a esto, un tratamiento terapéutico puede ser proporcionado/desproporcionado y – en consecuencia – constituir encarnizamiento terapéutico en el caso que sea evidentemente desproporcionado.
Los criterios de valoración de la proporcionalidad son esencialmente dos:
- La científicamente documentada eficacia/ineficacia clínica (valoración técnica a cargo del médico.
- La “gravedad”, física y existencial, del tratamiento para el paciente, los familiares y la sociedad.
Es evidente que el criterio de valoración en el punto 2 es de extrema “delicadeza” bioética, sobretodo en orden a la “gravedad social”.
Se trata de responder – según la ciencia y la conciencia – a la siguiente pregunta: “En un régimen de recursos económicos limitados que imponen una racionalización cuidadosa del gasto sanitario, ¿cuán lícito es emplear recursos para el tratamiento de ese único, particular paciente afligido por una patología no curable?”.
Se trata – en buena medida – de poner sobre la balanza dos aspectos: el beneficio que el paciente puede obtener, y el costo económico social que esa opción comporta (sustrayendo recursos de otras voces del capítulo de gasto del sistema sanitario).
También – pero no sólo – por esta razón es necesario formular otro principio a considerar: el principio de INSISTENCIA TERAPÉUTICA (muy a menudo confundido con el encarnizamiento terapéutico).
La insistencia terapéutica es la prolongación de las terapias y/o de los tratamientos de soporte vital, incluso a largo plazo, frente a situaciones clínicas con una prognosis no previsibles.
Actualmente sabemos que son muchas las patologías que tienen una prognosis poco previsible, basta pensar en las enfermedades neurodegenerativas (SLA, Esclerosis Múltiple, Alzheimer, Parkinson, Estado Vegetal), en que la prognosis de supervivencia puede variar de unos pocos meses a muchos años, con condiciones de discapacidad muy variables de un caso al otro.