En un comunicado de prensa, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha intentado responder a las críticas expresadas por numerosos obispos de todo el mundo tras la publicación de la declaración Fiducia suplicans el 18 de diciembre. Estas explicaciones abren la puerta a una aplicación más flexible del texto, pero se mantienen firmes en la defensa de su validez doctrinal.
Solo han transcurrido diecisiete días desde la publicación de la declaración Fiducia supplicans, que autorizaba a los sacerdotes a conceder bendiciones no litúrgicas ni rituales a las parejas en situación irregular, en particular a los divorciados en nueva unión y a las parejas homosexuales. Entretanto, líderes católicos de todo el mundo -en particular de África- han alzado la voz para criticar el texto, y algunos obispos y conferencias episcopales se han negado abiertamente a aplicarlo.
Ante este clamor, el cardenal Fernández, muy activo, salió finalmente en defensa de su texto, primero en dos entrevistas de prensa y después en un comunicado publicado en seis idiomas. Sin embargo, en Fiducia suplicans, el mismo cardenal Fernández afirmaba que "no hay que esperar más respuestas sobre posibles disposiciones para regular los detalles o los aspectos prácticos de bendiciones de este tipo".
El simple hecho de publicar un documento de cinco páginas para explicar la declaración (que solo tiene nueve) es señal de que la Santa Sede es consciente de la amplitud del clamor. Justo al comienzo del texto, el cardenal reconoce que algunos de los comentarios son "comprensibles" y considera que las críticas "tienen el mérito de poner de relieve la necesidad de un período más largo de reflexión pastoral".
El prefecto del dicasterio para la Doctrina de la Fe admite que los obispos tienen derecho a optar por no aplicar el texto, afirmando que hay muchos contextos en los que es comprensible que no se aplique, sobre todo en países donde la homosexualidad es ilegal. Pero no por ello se echa atrás: la declaración, insiste, forma parte de la doctrina de la Iglesia y en ningún caso puede ser rechazada.
El cardenal Fernández señala con contundencia que las bendiciones autorizadas por la declaración "carecen de forma litúrgica" y "no aprueban ni justifican la situación en la que se encuentran estas personas". Insiste en que deben ser breves, de pocos segundos, y no deben pronunciarse delante del altar o en un lugar espiritualmente significativo, para evitar confusiones.
Estas "bendiciones pastorales", explica el prefecto, pretenden "sostener" la fe "pequeña o grande" de las personas que viven en uniones irregulares, apoyar sus debilidades gracias a la bendición divina y ofrecer un cauce para esa apertura a lo trascendente que podría llevarles a ser más fieles al Evangelio.
Para ilustrar su punto de vista, el Cardenal Fernández pone el ejemplo de un sacerdote que podría decir a una pareja de divorciados y vueltos a casar que encuentra en una peregrinación: "Señor, mira a tus hijos, concédeles salud, trabajo, paz y ayuda mutua. Líbrales de todo lo que contradice tu Evangelio y haz que vivan según tu voluntad. Amén". Y concluir haciendo la señal de la cruz sobre las dos personas.
"Se tarda 10 o 15 segundos. ¿Tendría sentido negar este tipo de bendición a estas dos personas que la imploran? E insiste en la importancia de desarrollar esta "pastoral popular", en línea con las orientaciones tomadas por el Papa Francisco desde el inicio de su pontificado.