Un juez federal dio lugar a una medida cautelar para que se suspenda la aplicación de la Ley del Aborto en la Argentina. Se trata del titular del Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, Alfredo Eugenio López, quien hizo lugar a un pedido de medida cautelar y ordenó al Estado Nacional que suspenda la aplicación de la Ley N°27.610, por considerar que la ley viola la protección integral de la vida desde la concepción.
El juez dio lugar a un pedido de un abogado que inició un amparo y hasta que se resuelva en él la inconstitucionalidad que alega, pidió la suspensión de la aplicación de la ley. El gobierno ya anunció que apelaría la decisión del juez.
En su resolución, el juez se identifica explícitamente como “católico y respetuoso de la vida humana” aunque aclara que su identidad y convicciones no son obstáculo para abordar el tema.
Asimismo, se basa en la Ley N°26.061 de protección integral de la niñez, en la que se proclama el derecho a la vida del niño, siguiendo a la Convención sobre los Derechos del Niño, para argumentar que cualquier persona puede iniciar una acción judicial para proteger los derechos de la niñez.
El juez, al indicar la suspensión por inaplicable, pide celeridad en la resolución del amparo presentado sobre la inconstitucional. “Un número imponderable de niñas y niños por nacer pueden sufrir su muerte desde este mismo momento y la sentencia definitiva que se dicte”, considera.
El juez López brindó una entrevista a la señal TN en la que defendió su decisión y mantuvo una discusión con una periodista que se volvió viral en las redes.
En la Argentina, desde la conformación institucional a mediados del siglo XIX, se adoptó un sistema de control de constitucionalidad difuso, siguiendo el modelo de Estados Unidos, a diferencia de otros Estados con sistemas concentrados con tribunales o cortes constitucionales, como es común en Europa y en una mayoría de países de Latinoamérica.
En ese sentido, en un caso concreto, un juez puede, ante la norma jurídica que tiene por delante, evaluar y resolver si se está respetando la Constitución, que es la ley suprema de la Nación. Ante una eventual apelación de la sentencia del juez, se eleva a tribunales superiores, en este caso la Cámara Federal de Apelaciones, y en última instancia a la Corte Suprema.
Era previsible, dado el nivel de discusión en el parlamento previo a la sanción, que surgieran este tipo de acciones. De hecho en Aleteia ya hemos reportado de otros que involucran diferencias sustanciales de la ley del aborto con constituciones provinciales, y el caso de un padre que solicitaba se impida el aborto de su pareja.
Es que a partir de la sanción de la ley a finales del año pasado, el aborto pasó de ser una considerado una práctica penada a un derecho. Y las huellas, tanto legales como culturales, no se borran de un plumazo por una ajustada votación parlamentaria. Independientemente de la viabilidad y futuro de estos recursos judiciales, que podrían ser revocados por tribunales superiores, la discusión sobre el aborto no está cerrada en la Argentina.