El celibato es una de las condiciones para recibir el sacramento del orden sacerdotal en el grado del presbiterado. En consecuencia, los sacerdotes que ejercen su ministerio en la Iglesia católica no son casados.
Hay algunas excepciones muy concretas en las que hay sacerdotes casados y con hijos ejerciendo su ministerio.
1Algunas iglesias de rito oriental
Los maronitas libaneses o los coptos egipcios, por ejemplo, permiten la ordenación de personas ya casadas.
2La iglesia greco-católica en Ucrania
Esta Iglesia es de rito oriental y se unió a la Iglesia católica en el año 1696 con tres condiciones: continuar con su liturgia, su tradición y su disciplina. Una de esas tradiciones, ha sido y es, que la mayoría de sus sacerdotes se casan.
En el mundo de la Iglesia ortodoxa los sacerdotes pueden casarse o permanecer célibes. Pero solo pueden casarse antes de recibir la ordenación sacerdotal.
Si escogen ser célibes antes de ordenarse y llegan al sacerdocio como tal, tendrán que mantener, como sacerdotes, el celibato. Y los obispos serán escogidos dentro de los sacerdotes célibes.
3Algunos viudos
Hay viudos que, indiferentemente de que hayan sido o no padres de familia y/o abuelos, han sido llamados al sacerdocio directamente, recibiendo previa y obviamente el diaconado transeúnte, o a través del diaconado permanente.
4Los sacerdotes provenientes de la confesión anglicana o episcopaliana
Esta integración ha sido posible gracias a la provisión pastoral de san Juan Pablo II del año 1980 (que solo contemplaba los casos individuales de sacerdotes episcopalianos que estaban interesados en abrazar el catolicismo) y la Constitución apostólica Anglicanorum Coetibus de Benedicto XVI del año 2009. Son sacerdotes activos casados y con hijos.
Estos casos son algo muy excepcional pues dentro de la Iglesia católica una persona casada por la Iglesia o por lo civil, con o sin hijos, no podrá formarse para ser sacerdote (Canon 1.042).
Incluso, en el caso de las excepciones permitidas, hay tres condiciones:
1. En el caso de los anglicanos y episcopalianos, son ordenados ‘de nuevo’ en la Iglesia católica, pues los anglicanos perdieron la sucesión apostólica, por lo que los obispos y sacerdotes no son ordenados ni válida ni lícitamente.
2. El divorcio no se contempla, está fuera de discusión.
3. Si estos sacerdotes enviudan, no se podrán volver a casar.
Ahora bien, las excepciones antes mencionadas no significan que la Iglesia haya modificado la disciplina del celibato.