Excepcionalmente y con estas condicionesLa Eucaristía es un regalo sagrado que la Iglesia ama, respeta y protege, a veces vigilando para que no se trate con frivolidad ni con superficialidad.
Por esto “para la celebración de la Eucaristía el pueblo de Dios se congrega generalmente en la iglesia”, dice la Instrucción General del misal Romano, 288); y no en cualquier iglesia sino en una que esté solemnemente dedicada o al menos bendecida (IGMR, 290).
Por eso en términos generales la Iglesia católica prohíbe la misa fuera de los lugares sagrados; por tanto quedan excluidos, por ejemplo, las “capillitas” privadas, el jardín de un chalet, los hoteles, las calles, etc.
A propósito de las capillitas privadas, a éstas tampoco se les puede considerar como oratorios ni, menos aún, como ermitas, pues casi siempre se construyen a capricho y sin la debida autorización eclesiástica.
Y la Iglesia tiene sus motivos muy válidos para prohibir la misa en lugares que no sean sagrados. La permisión general de la misa en lugares diferentes a los lugares sagrados podría dar lugar a abusos como:
1. Facilitar el fraude, con fines lucrativos, de hombres que se hacen pasar por sacerdotes.
2. Propiciar que sacerdotes fuera de la comunión eclesial ejerzan el ministerio con el riesgo de crear grupos al margen de la Iglesia.
3. Convertir la misa en un mero acto social.
4. Convertir la misa en un ‘adorno’, un accesorio o un relleno de algún evento, incluso, ajeno a la fe.
5. Favorecer la simonía (compra o venta deliberada de cosas espirituales, como los sacramentos y sacramentales, o temporales inseparablemente anejas a las espirituales, como las prebendas y beneficios eclesiásticos).
6. Y, finalmente, celebrar en una casa fuera de los motivos que se presentan más adelante, implica conceder esta misma posibilidad a todas las demás casas. Y como es obvio sería imposible complacer a todas las familias que quisieran la misa en su casa.
De manera pues que lo ideal, lo normal y lo que conviene es celebrar siempre la misa en un lugar sagrado (Canon 932): templo parroquial, oratorio, ermita, santuario, etc.; “a no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa” (Canon 932, 1).
Y “de la necesidad del caso juzgará, habitualmente, el obispo diocesano para su diócesis” (Redemptionis Sacramentum, 108).
Pero la Iglesia contempla la posibilidad, “en un caso particular” o, lo que es lo mismo, por necesidad y justa causa, de permitir la celebración de la misa de manera muy “excepcional”, fuera de los lugares sagrados antes mencionados.
Uno de estos lugares, fuera de los sagrados, donde se puede muy excepcionalmente celebrar la misa son las casas de familia; y la misa se puede celebrar en ellas pero teniendo siempre en cuenta las orientaciones de la autoridad eclesiástica.
Y para esto hay que tener en cuenta algunas condiciones:
1.- Se permite la misa donde haya un enfermo en estado muy grave. En este caso la misa debe celebrarla el párroco o su vicario o un sacerdote delegado por él y por escrito. Autorización escrita que también debe tener todo sacerdote aunque sea pariente o amigo cercano del enfermo; en este caso es muy conveniente que a los fieles que participan de la misa se les dé a conocer la autorización del párroco. La misa debe incluir la administración de la unción de los enfermos. Y la misa debe estar abierta a la comunidad eclesial, pues la misa no debe ser privada en el sentido estricto de la palabra.
2.- La misa se debe celebrar en un sitio de la casa que sea decoroso y honesto; en un lugar ‘digno’ dice el canon 932. En este sentido la misa no se debe celebrar ni en el dormitorio, ni en el comedor, ni utilizar para la misa la mesa usada para comer. La mesa tiene que estar en condiciones y que no tenga relación con usos que puedan inducir al escándalo. Puede celebrarse la misa en una mesa apropiada, siempre con un mantel litúrgico, no con el mantel de la casa aunque esté limpio.
3.- Fuera del caso de un enfermo grave o muy grave, el párroco deberá establecer si es absoluta y realmente necesario usar una casa para la celebración de la misa. Por ejemplo, si hubiera una iglesia o un oratorio cercanos nada podría justificar el uso de otros lugares.
4.- El sacerdote mayor o el sacerdote enfermo que no se puede mover de casa puede celebrar la misa en su casa.
5.- En tierra de misión donde no hay ninguna iglesia o ermita y oratorio aprobado; e, incluso, para proteger los fieles de las inclemencias del clima.
6.- Y, finalmente, siempre y en todo caso está prohibida la misa de exequias en las casas o en las funerarias.