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¿Se vuelve válido después de algunos años de matrimonio o con los hijos?
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Quisiera plantear una pregunta sobre el matrimonio y su validez. Si un matrimonio se celebra en la Iglesia entre dos personas ateas, porque es tradición y se hace por contentar a las familias, ¿es válido? ¿Se vuelve válido después de algún año de matrimonio o cuando nacen los hijos? La pregunta se refiere a ateos declarados, aunque bautizados.
La respuesta está basada en la original, mucho más detallada, del padre Francesco Romano, Profesor de Derecho canónico de la Facultad teológica de Italia Central.
Es difícil dar una respuesta unívoca a la pregunta, como dijo Benedicto XVI el 25 de julio de 2005 hablando al clero de Valle d’Aosta: recordaba que cuando era Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, personalmente consideraba que un matrimonio celebrado sin fe podía tener “un indicio de invalidez”, reconociendo que era “un problema muy difícil que debía ser profundizado aún más”.
La cuestión es que, en la doctrina de la Iglesia, la fe de los contrayentes no es imprescindible para la validez del sacramento, siempre y cuando estos tengan recta intención de casarse conforme a la ley de la Iglesia.
Juan Pablo II también había abordado el tema en la Alocución a la Rota Romana del 30 de enero de 2003, diciendo que “una actitud de los contrayentes que no tenga en cuenta la dimensión sobrenatural del matrimonio puede hacerlo nulo si afecta a su validez en el plano natural” (por ejemplo, si no tienen intención de contraer matrimonio para toda la vida).
El Papa polaco quería decir que la falta de fe no anula necesariamente el matrimonio si hay recta intención de casarse conforme a lo que dice la Iglesia (es decir, matrimonio sacramental indisoluble, fiel y abierto a la vida), y que por tanto, la validez del matrimonio no depende de la existencia o no de la fe, sino de esa recta intención.
Ahora bien, cuando no hay fe como tal, ni deseo de la gracia y de la salvación, el problema que se plantea es saber si existe esa recta intención de contraer matrimonio sacramental.
Como ya advertía la Comisión teológica Internacional en un pronunciamiento del 6 de diciembre de 1977, sí: es verdad que “la ausencia de la fe personal puede comprometer la validez del matrimonio”, pues un cristiano que abandona la fe está rechazando el sacramento como tal, por tanto, es difícil que exista recta intención “de contraer matrimonio como dice la Iglesia”. No es imposible, pero sí muy difícil.
Hay que tener en cuenta que el Código de Derecho Canónico dice que entre bautizados no puede existir un matrimonio que no sea sacramental (can. 1055 §2), es decir, no puede existir el matrimonio “natural” sin más.
Es decir, los contrayentes bautizados, que son ministros del matrimonio, pueden actuar “en nombre de Cristo” sólo si quieren hacer lo que Cristo instituyó y la Iglesia hace. Quien celebra “en su propio nombre” no quiere entrar en la sacramentalidad del matrimonio, y por tanto, éste no se produce.
Pero si esos dos bautizados vuelven a la fe, ¿qué sucede con ese matrimonio? ¿O si esos dos bautizados se casaron por lo civil? Pues bien, si ese matrimonio tenía al menos las propiedades esenciales, por ejemplo unidad e indisolubilidad, no sería necesario casarse de nuevo: se podría “sanar de raíz” o “convalidar” (depende del caso) ese matrimonio (leer más sobre esto aquí)
Respecto a la segunda parte de la pregunta, la respuesta es negativa: Si un matrimonio no fue contraído válidamente, no se convierte en válido con el paso del tiempo. Tampoco el nacimiento de los hijos lo vuelve válido, pues no modifica el modo como se contrajo ese matrimonio.