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​Tribunal uruguayo respalda a objetores ante el aborto

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Aleteia Team - publicado el 15/10/14
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Suspendida la aplicación de varios artículos de la ley que limitan la libertad de conciencia de los agentes sanitarios

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La ley uruguaya del aborto limita el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario según un unánime fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo emitido este martes.
 
El tribunal ha dado así una esperanza a los numerosos agentes sanitarios disconformes con la ley vigente, que permite el aborto hasta la semana doce del embarazo.
 
Un centenar de ginecólogos presentaron un recurso hace un año para impugnar 11 de los 42 artículos de la ley que trata de obligarles a participar en todos los procedimientos previos y posteriores al aborto sin que puedan negarse a recetar fármacos abortivos o a practicar abortos.
 
Mientras llega el pronunciamiento sobre el recurso de impugnación presentado –previsiblemente antes de acabar el año, queda suspendida con este fallo la aplicación de diez artículos que limitan la libertad de conciencia, según informó El País.
 
De esta manera, los ginecólogos y otros profesionales pueden abstenerse –al menos de momento- de participar en actividades que contribuyen a la realización de un aborto, y también sugerir alternativas al aborto o que la paciente reconsidere su decisión.
 
Además, quedan liberados de la obligación de presentar por escrito su objeción de conciencia. En algunas regiones de Uruguay, los objetores superan el 90%.
 
Según los que presentaron el recurso, la ley quita libertad a los médicos en el asesoramiento de las pacientes y todo lo previsto y regulado sólo está dirigido a "la concreción del aborto" y no permite "brindar un espacio de contención donde puedan valorar otras alternativas".

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