Comunicado de la Diócesis de Menorca ante la creación de una logia masónica
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Durante el día de hoy, con motivo de la publicación en el Diario Menorca de una información sobre la rehabilitación de un edificio de Mahón para convertirse en logia masónica (cf. P. 32), se han recibido varias consultas en esta Curia diocesana sobre la posición actual de la Iglesia ante la Masonería, que dan origen al presente comunicado:
1) El día 28 de abril de 1980, la Conferencia Episcopal Alemana publicó un dictamen que concluye así: “Puede decirse que en la masonería, a causa de las persecuciones que ha sufrido durante el periodo nacional-socialista, han tenido lugar cambios en el sentido de una mayor apertura hacia los demás grupos sociales; pero en su mentalidad, en sus convicciones fundamentales y en sus trabajos en las logias, ha permanecido absolutamente idéntica. Las objeciones que se han estudiado comprometen las bases de la existencia cristiana.
Investigaciones exhaustivas en los rituales y en la mentalidad masónica hacen evidente que la actual pertenencia a la Iglesia católica y a la masonería son incompatibles”.
2) Después de la promulgación del nuevo Código de Derecho Canónico algunos afirmaron que la Iglesia permitía a los católicos la inscripción en logias, puesto que en los cánones no se cita prohibición expresa de la adscripción a la masonería. Como clarificación ante esta manera de pensar, la Congregación para la Doctrina de la Fe se ha visto obligada a intervenir en dos ocasiones, el 27 de noviembre de 1983, con una Declaración sobre asociaciones masónicas, aprobada por el entontes Papa Juan Pablo II, y el 20 de febrero de 1985, a través de un escrito del entonces Cardenal Ratzinger, publicado en L’Observatore Romano, recordando ambos documentos que subsiste inmutable la sentencia negativa de la Iglesia sobre las asociaciones masónicas, porque los principios de ellas siempre se han considerado inconciliables con la doctrina de la Iglesia y por tanto la inscripción en ellas permanece prohibida por la Iglesia.
3) A pesar de la diversidad que puede existir entre las obediencias masónicas, en particular acerca de su actitud declarada sobre la Iglesia, se encuentran en todas ellas varios principios comunes que requieren idéntica valoración, tal y como se ha expresado en las referencias anteriores.
4) Las autoridades eclesiásticas locales no pueden pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique una derogación de lo que ha sido establecido en la Declaración citada de 17 de febrero de 1981.