Hay una contradicción objetiva entre la comunión, sacramento de la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, y la situación de “divorciado-casado de nuevo”. Pero esta privación de la comunión no es una exclusión de la Iglesia1. Esta cuestión es dolorosa, pero la enseñanza de Jesús sobre el divorcio es clara: “Lo que Dios unió no lo separe el hombre” (Mateo 19,6). Contraer una nueva unión conyugal (segundo matrimonio civil o simple concubinato) cuando uno se ha divorciado es negar de hecho la indisolubilidad sagrada del matrimonio, y supone hallarse en pecado grave, que impide comulgar. La Iglesia de Cristo no juzga a la persona, sino un estado de hecho.
Confrontados con la enseñanza de Cristo sobre el divorcio, ¡ya los discípulos la habían encontrado dura! Sobre esta cuestión, igual que sobre otras, no hay por tanto que oponer la dureza de la Iglesia y la misericordia de Jesús. De hecho, muchos sostienen que no se trata más que de una ley de la Iglesia. Se da a entender así que no tiene mucho que ver con la ley del amor y de la misericordia de Cristo, e incluso que estaría en total contradicción con el Evangelio. Pero en realidad, se trata de la lógica del Evangelio. San Pablo es uno de los primeros testigos del Evangelio. Él mismo destaca que no da una opinión personal, sino el pensamiento de Cristo, cuando escribe: “En cuanto a los casados, les ordeno, no yo sino el Señor: que la mujer no se separe del marido, mas en el caso de separarse, que no vuelva a casarse (1ª Carta a los Corintios 7, 10-11).
La enseñanza de la Iglesia sobre el carácter sagrado e indisoluble del vínculo conyugal hay que situarla a la luz de Cristo que amó a la Iglesia y se entregó por ella, de su amor irrevocable y de su don total. “Puesto que la Eucaristía expresa el amor irreversible de Dios en Cristo por su Iglesia, se entiende por qué ella requiere, en relación con el sacramento del Matrimonio, esa indisolubilidad a la que aspira todo verdadero amor”, explica Benedicto XVI (Sacramentum Caritatis 29).
Reconociendo que el divorcio seguido de una nueva unión plantea “un problema pastoral difícil y complejo que afecta de manera creciente incluso a los ambientes católicos”, el Papa pide a los pastores que disciernan “bien las diversas situaciones, para ayudar espiritualmente de modo adecuado a los fieles implicados”.
Pero, añade, “el Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10,2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía”.
De ahí el grave deber de los tribunales eclesiásticos de verificar de manera bien fundamentada las dudas que puede haber sobre la validez de un matrimonio, añade Benedicto XVI. Y todavía más, no hay que poner una oposición entre el derecho y la preocupación pastoral, destaca el Papa: “Más bien se debe partir del presupuesto de que el amor por la verdad es el punto de encuentro fundamental entre el derecho y la pastoral: en efecto, la verdad nunca es abstracta, sino que « se integra en el itinerario humano y cristiano de cada fiel” (Sacramentum Caritatis 29).
Referencias:
Sacramentum caritatis
2. Ciertamente nadie está libre de pecado, y todo cristiano, sean cuales sean sus faltas, puede comulgar, una vez reconciliado con Dios. Pero el hecho de que una persona divorciada se vuelva a casar crea una situación que contradice permanentemente su primer compromiso (si era real: no se habla aquí de los casos de nulidad). Es esta situación la que impide que las personas divorciadas que se han vuelto a casar tengan acceso a los sacramentos de la reconciliación y de la comunión eucarística mientras lleven una vida de pareja.
La Iglesia no puede decir otra cosa que su Maestro: “Todo el que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y el que se casa con una repudiada por su marido, comete adulterio” (Lc 16, 18 ver también Mt 5,32 y Mc 10, 11-12). San Marcos precisa, dirigiéndose al mundo romano en el que, a diferencia de en el mundo judío, la mujer también se podía divorciar: “y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio” (Mc 10,12). Antes de Jesús, Juan Bautista osó decir a Herodes que no tenía derecho a vivir con la mujer de su hermano (cf. Lv 20,10) y lo pagó con su vida (Mc 6,18 y Mt 14, 4-12). Por tanto, no es de extrañar que todavía hoy la postura de la Iglesia sobre el matrimonio sea fuertemente criticada.
Se oye decir que la Iglesia “rechaza a las personas divorciadas”. No es verdad, la Iglesia no rechaza a ningún bautizado, sea cual sea su situación. Si fuera así, la Iglesia, Cuerpo de Cristo, se rechazaría a ella misma rechazando a uno de sus miembros… Lo que la Iglesia no acepta no son los que se han vuelto a casar, sino el volverse a casar. ¡No es lo mismo!
La Iglesia nunca ha promulgado una ley para “prohibir” la comunión a los fieles que se han vuelto a casar. Afirma simplemente que no es posible vivir la comunión eucarística, sacramento de las bodas del Cordero, cuando se vive con otro que no es el cónyuge al que se está ligado sacramentalmente por Cristo. La reconciliación sacramental no se hace posible hasta el fallecimiento del primer cónyuge (lo cual pone fin a la vida común). O incluso en el caso en que la nueva pareja reciba la gracia de seguir hasta la decisión de separarse, o al menos si la separación no es deseable (por ejemplo por el bien de los hijos), es posible vivir una amistad espiritual, renunciando a la intimidad propia de los esposos.
3. Sin embargo, atención: ¡no comulgar no significa romper totalmente con la Iglesia! La no-comunión eucarística no borra la comunión bautismal que une a los fieles en un mismo Cuerpo. El miembro herido o enfermo siempre forma parte de la Iglesia, Cuerpo de Cristo, y es invitado a participar en la vida de la comunidad.
En el texto citado antes, Benedicto XVI precisa: “…los divorciados vueltos a casar, a pesar de su situación, siguen perteneciendo a la Iglesia, que los sigue con especial atención, con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos” (Sacramentum Caritatis 29).
A menudo se yerra al creer que no comulgar significa estar excomulgado, es decir, excluido de la comunidad. No es así. La no-comunión eucarística no borra la comunión bautismal que une a los fieles en un mismo Cuerpo. El miembro herido o enfermo siempre forma parte del Cuerpo. No está muerto, tiene todavía vida que recibir y que dar. Es evidente cuando hay hijos de la primera o de la segunda unión: los padres separados no están dispensados de su misión educativa.
Este artículo ha sido realizado gracias a la colaboración del padre Alain Bandelier, sacerdote de la diócesis de Meaux y responsable de la Casa de la Caridad de Combs-la-Ville.