Víctor Escobar Prado falleció en la noche del viernes 7 de enero, luego de conflictos legales para que le permitieran morir a través de la eutanasia. Padecía varias enfermedades que le causaban dolores fuertes y permanentes y le impedían tener calidad de vida, según declaraciones en su cuenta de Twitter.
“No les digo adiós, sino un hasta luego. La vida no es comprada, poco a poco nos va llegando el turno a cada uno. Poco a poco nos iremos encontrando donde Dios nos tenga”, dijo en un video grabado horas antes de morir y publicado por su abogado, Luis Giraldo, quien lo acompañó en el proceso legal.
Pocas horas después, una mujer de 51 años, Martha Sepúlveda, murió de la misma forma. Su caso tuvo mayor repercusión mediática cuando en el pasado mes de octubre, el centro médico canceló el procedimiento a pocas horas de la hora acordada. A la extensa divulgación contribuyó un reportaje que la paciente dio a un canal de televisión nacional, que dio a conocer en detalle su caso.
El caso de Víctor Escobar
Su historia y deseo de morir –que divide las opiniones entre los contrarios y los partidarios de la eutanasia– empezó cuando sufrió un accidente mientras trabajaba como conductor de grandes camiones de carga y fue aplastado por uno de esos vehículos.
Además de los problemas ocasionados en la columna vertebral, años después lo afectaron dos accidentes cerebrovasculares que le dejaron pérdida de memoria, limitaciones en sus movimientos y el habla; tenía enfermedad pulmonar obstructiva crónica, hipertensión, diabetes y fibrosis pulmonar.
“Para mí, cada día es un sufrimiento más, un sufrimiento de dolor, de angustia, de padecimiento. Gracias a Dios y al abogado se nos dieron ya las cosas”, dijo después de conocer la aprobación final para que le practicaran la eutanasia.
La historia de Martha Sepúlveda
Por su parte, Martha Sepúlveda iba a ser la primera persona enferma sin riesgo inminente de muerte en recibir eutanasia en su país y fue la segunda, según confirmó el diario El Colombiano: “Martha falleció en presencia de su hijo y de una sobrina que trabaja como internista, según le confirmó a EL COLOMBIANO la Eps Sura: “Desde EPS SURA entregamos la autorización al prestador y el día de hoy (sábado), efectivamente, se realizó el procedimiento”.
Después de que le negaran el procedimiento, interpuso acciones legales y no divulgó previamente la fecha definida, manejó con total hermetismo esta segunda etapa.
El derecho a la vida
En Colombia “el derecho a la vida es inviolable”, de acuerdo con su Constitución Política. Sin embargo, la Corte Constitucional, mediante sentencias, aprobó la eutanasia.
En 1997 aseguró que existe el “derecho a morir con dignidad” para enfermos terminales, en 2014 ordenó al Ministerio de Salud reglamentar ese derecho e hizo un llamado al Congreso de la República para que legisle sobre el derecho a morir con dignidad, pero los diferentes proyectos no han contado con mayoría de votos y la eutanasia no es ley en Colombia.
La Corte Constitucional fue todavía más allá: en 2014 permitió la eutanasia infantil y en octubre de 2021 eliminó el requisito de la enfermedad terminal para aplicar la eutanasia.
Esta reciente decisión fue la que permitió a Víctor Escobar que se despejara la vía jurídica, después de una primera solicitud en el año 2020 a la entidad que le prestaba servicios de salud, con respuesta negativa porque no estaba en fase terminal de una enfermedad.
En el segundo semestre de 2021, basados en un comunicado y posterior sentencia de la Corte Constitucional, de permitir este tipo de muerte para enfermos que padezcan intensos sufrimientos por enfermedades incurables, insistieron. Le fue negado nuevamente y tras varios enfrentamientos jurídicos con el sistema de salud, la entidad recibió orden de un juez.
El deseo de Víctor fue pasar Navidad y recibir el nuevo año con su familia y por ello programó su muerte para el 7 de enero, voluntad que se cumplió después de pasar el día con sus hijos mayores y con su esposa, quien por más de 15 años ha cuidado de él.
El antecedente reciente fue el de Martha Sepúlveda, una mujer de algo más de 50 años que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) quien tenía el procedimiento aprobado y la entidad de salud lo suspendió un día antes de la fecha prevista por no ser paciente terminal. Su abogado apeló y la decisión quedó en firme. Finalmente se divulgó que se había realizado la eutanasia.
“La muerte no puede ser respuesta al dolor”
En medio de la controversia, quienes la defienden la consideran una “muerte digna” y para sus opositores es un “suicidio asistido”.
Es un tema que se debate permanentemente, sobre todo porque ni el pueblo como constituyente primario ni el Congreso de la República, como encargado de hacer las leyes, han aprobado la eutanasia. Lo ha hecho la Corte Constitucional a través de procedimientos cuestionados por muchos.
Ante esta situación, la Iglesia católica se ha pronunciado constantemente, a través de sus prelados. Monseñor Francisco Ceballos, obispo de la Diócesis de Riohacha y Presidente del Departamento de Promoción y Defensa de la Vida de la Conferencia Episcopal de Colombia, dijo que “el hundimiento de la ley nos está diciendo que el pueblo Colombiano, a través de sus representantes en el Congreso, rechaza los atentados contra la vida humana desde la fecundación hasta la muerte natural. Pero, también, es un mensaje a la Honorable Corte, que está legislando, sin ser el órgano natural para ello, y sin tener en cuenta la voluntad del pueblo”.
“De acuerdo con nuestras más profundas convicciones cristianas, la muerte no puede ser la respuesta terapéutica al dolor y al sufrimiento en ningún caso. La muerte propiciada mediante el suicidio asistido o la eutanasia no resulta compatible con nuestra interpretación de la dignidad de la vida humana, como sí lo es la utilización de los cuidados paliativos”, aseguró monseñor Ceballos en un comunicado.