La Santa Sede responde a la consulta de un obispo que pregunta si es posible cambiar la forma celebrativa del sacramento por el que nos convertimos en cristianos.
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Si has sido bautizado, el celebrante pronunció durante esa ceremonia estas palabras, mientras derramaba agua o te sumergía en ella: “Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.
Ahora un obispo ha preguntado a la Santa Sede si es posible utilizar otra fórmula de Bautismo en la que se diga: “Nosotros te bautizamos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.
La respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el organismo vaticano instituido por el Papa para aclarar este tipo de cuestiones, es muy clara: si se utiliza esta fórmula, el Bautismo “no es válido”.
Y, como no es válido, las personas que han sido sometidas a esta fórmula deben ser finalmente bautizadas.
Alguno podría pensar que el Vaticano está dando demasiada importancia a los detalles. La Congregación para la Doctrina de la Fe ha publicado este 6 de julio una “Respuesta” en la que aclara que está en cuestión el respeto mismo de la voluntad de Jesucristo sobre el Bautismo.
Veamos las explicaciones que ofrece la Santa Sede en esta materia tan importante para la vida de todo cristiano, no solo católico.
1¿Hay que repetir el Bautismo de quien es bautizado siguiendo la fórmula “Nosotros te bautizamos”…
No se trata de repetirlo, pues el Bautismo, con esa fórmula, nunca tuvo lugar. Se trata de que la persona finalmente pueda ser bautizada con la fórmula propuesta por Jesucristo y reconocida por la Iglesia. Por este motivo la Santa Sede en su “Respuesta” aclara que esas personas “deben ser bautizadas en forma absoluta”. Es decir, para que su Bautismo sea válido y reconocido deben ser bautizadas según la fórmula establecida.
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2¿Por qué se ha propuesto en algunos ambientes cambiar la fórmula del Bautismo con la propuesta “Nosotros te bautizamos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”?
La “Respuesta” de la Congregación para la Doctrina de la Fe constata que recientemente se han visto celebraciones del sacramento del Bautismo administrado con estas palabras.
Según la nota vaticana, “la deliberada modificación de la fórmula sacramental se ha introducido para subrayar el valor comunitario del Bautismo, para expresar la participación de la familia y de los presentes y para evitar la idea de la concentración de un poder sagrado en el sacerdote, en detrimento de los progenitores y de la comunidad”.
“Reaparece aquí, con discutibles motivos de orden pastoral, una antigua tentación de sustituir la fórmula tradicional con otros textos juzgados más idóneos”, constata la Congregación vaticana.
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3¿Por qué es tan importante no cambiar la fórmula del Bautismo?
La Congregación para la Doctrina de la Fe explica que “cuando alguien bautiza, es Cristo quien bautiza”. Y aclara: “el Señor es el protagonista del evento que se celebra”.
La Iglesia, cuando celebra un sacramento, añade la respuesta vaticana, “actúa como Cuerpo que opera inseparablemente de su Cabeza, en cuanto es Cristo-Cabeza el que actúa en el Cuerpo eclesial generado por él en el misterio de la Pascua”, la pasión, muerte y resurrección de Jesús.
“Los sacramentos en cuanto instituidos por Jesucristo, se le entregan a la Iglesia para que los salvaguarde. Aparece aquí evidente que la Iglesia, aunque esté constituida por el Espíritu Santo como intérprete de la Palabra de Dios y pueda, en cierta medida, determinar los ritos que expresan la gracia sacramental ofrecida por Cristo, no dispone de los fundamentos mismos de su existencia: la Palabra de Dios y los gestos salvíficos de Cristo”.
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4¿Puede un sacerdote alterar la fórmula de un sacramento?
La Santa Sede, citando los Concilios, indica que “nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia”. Y aclara: “modificar al propio arbitrio la forma celebrativa de un sacramento no constituye un simple abuso litúrgico, en cuanto transgresión de una norma positiva, sino también una herida infligida tanto a la comunión eclesial como a la posibilidad de reconocer en ella la obra de Cristo, que en los casos más graves hace inválido el sacramento mismo, porque la naturaleza de la acción ministerial exige transmitir con fidelidad lo que se ha recibido”.
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5¿El sacerdote actúa en el Bautismo en nombre de la asamblea eclesial?
No. En realidad, en el Bautismo, el celebrante, que en algunos casos particulares podría incluso no ser un sacerdote, no actúa “en nombre de los padres, los padrinos, los familiares o los amigos, y ni siquiera en nombre de la misma asamblea reunida para la celebración”.
Según la Congregación para la Doctrina de la Fe, “el ministro actúa en cuanto signo-presencia de la acción misma de Cristo, que se realiza en el gesto ritual de la Iglesia”.
“Cuando el ministro dice ‘Yo te bautizo…’, no habla como un funcionario que ejerce un papel que se le ha asignado, sino que opera ministerialmente como signo-presencia de Cristo, que actúa en su Cuerpo, donando su gracia y haciendo de aquella concreta asamblea litúrgica una manifestación de la naturaleza auténtica de la verdadera Iglesia”.
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