Apenas celebrado (el sábado 26 de junio) el Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas cuyo lema fue "Hablemos de drogas, la información salva vidas", la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México votó a favor de una Declaratoria General de Inconstitucionalidad para anular los artículos de la Ley General de Salud que impedían el consumo recreativo de marihuana.
En otras palabras, desoyendo la petición de la Oficina de la ONU contra las Drogas y el Delito (UNODC), organizadora de la jornada que pretendía lograr un mundo libre de drogas, la SCJN convirtió, virtualmente, a México en el mayor mercado de marihuana legal en el mundo y en el segundo país latinoamericano –solamente después que lo hiciera Uruguay—en legalizar la siembra, el transporte y el uso recreativo del cannabis.
El fallo fue llamado por el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, como “histórico, después de un largo camino, ”y se da en los tiempos en que, cada mes, se rompen récords de homicidios dolosos en el país, motivados, muchos de ellos, por la pelea para liderar “mercados y plazas” de los cárteles de la droga que operan en todo el territorio nacional.
“Esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico, recreativo, de la marihuana. Se confirma una vez más que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos funcionan. Y que un tribunal constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa”, declaró Zaldívar el pasado lunes, tras el resultado de la votación que se resolvió con ocho votos a favor y tres en contra.
Una de las razones que se arguye en defensa del uso lúdico de la marihuana es que el cannabis es absolutamente inofensivo. Con ser la droga que más se consume en el mundo (aproximadamente doscientos millones de seres humanos o cuatro por ciento de la población mundial lo hacen) pareciera ser que es una droga inocua. Tanto así que el uso del cannabis ha aumentado en un 18 por ciento la última década.
Según el último Informe de la UNODC la potencia del cannabis se ha cuadruplicado en ciertas partes del mundo durante las últimas dos décadas. Sin embargo, la proporción de adolescentes que percibe dicha droga como perjudicial se redujo hasta en un cuarenta por ciento. Y esto se define como una “brecha conceptual” (la diferencia entre el concepto y la realidad del consumo del cannabis) muy peligrosa y que ahora se ahonda en México con el visto bueno de la SCJN.
La razón que tiene la UNODC –y que se ha demostrado con estudios serios-- es que el consumo de cannabis conlleva perjuicios para la salud, especialmente entre los consumidores habituales de la droga a largo plazo. Así lo ha definido la directora ejecutiva de la UNODC, Ghada Waly que afirmó que "la menor percepción de los riesgos del consumo de drogas tiene una relación directa con las mayores tasas de consumo”
Las conclusiones del Informe de la UNODC enfatizan la necesidad de cerrar la brecha entre la percepción y la realidad para educar a los jóvenes y salvaguardar la salud pública de los países con grandes masas de consumidores de drogas. Pero esta “brecha conceptual” será imposible de cerrar en México –más aún entre los jóvenes—cuando el tribunal supremo de la nación le ha dado el espaldarazo al consumo recreativo de la marihuana.
Cierto es que el fallo de la SCJN aún tiene que pasar otros procesos legislativos, pero ha superado el primer escollo, y el más importante: la constitucionalidad de las actividades como sembrar, recolectar, transportar y distribuir marihuana, sin que exista una penalización, “siempre y cuando sea para uso personal”. Las leyes reglamentarias para determinar cuándo es consumo personal y qué está prohibido (se dice que importar, comerciar o suministrar el cannabis).
De hecho, tanto la Secretaría de Salud como la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios tendrán que emitir permisos individuales de autoconsumo del cannabis, pero lo que se ha removido es el “obstáculo jurídico” para que la Secretaría de Salud autorice actividades relacionadas con el autoconsumo del cannabis y el THC (el elemento psicoactivo de la marihuana) con fines recreativos.