Expertos en Derechos Humanos de la ONU alertan sobre leyes de eutanasiaLos expertos en Derechos Humanos de la ONU, Claudia Mahler, Olivier De Schutter y Gerard Quinn, han expresado este 25 de enero su alarma, ante la creciente tendencia a promulgar leyes que permiten el acceso a la muerte médicamente asistida basándose en gran medida en el hecho de tener una discapacidad o condiciones de discapacidad, incluso en la vejez.
Los expertos afirmaron: “Todos aceptamos que nunca podría ser una decisión bien razonada que una persona, perteneciente a cualquier otro grupo protegido -ya sea una minoría racial, de género o sexual- ponga fin a su vida porque experimenta sufrimiento por su condición”… “La discapacidad nunca debe ser un motivo o justificación para acabar con la vida de alguien directa o indirectamente”.
Tales disposiciones legislativas violarían directamente el artículo 10 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta exige a los Estados que garanticen que las personas con discapacidad puedan disfrutar efectivamente de su derecho inherente a la vida en igualdad de condiciones con las demás.
¿Quién pone “valor” a una vida con discapacidad?
Los expertos afirmaron que cuando se normalizan las intervenciones para poner fin a la vida de personas cuyas vidas se valoran por su “calidad de vida”, las disposiciones legislativas se terminan basando en el “valor” de una vida con discapacidad.
Cuando los proyectos de eutanasia clasifican vidas que no son dignas de ser vividas, comienzan por los enfermos terminales; y luego agregan a los que tienen enfermedades irreversibles, sufrimientos insoportables de carácter emocional. Hasta simplemente alguien sano que considera que por alguna limitación que lo angustia su vida “no vale la pena”.
La llamada “pendiente resbaladiza” es un hecho evidente, y la lista se hace interminable en supuestas excepciones; que, en realidad, son la consecuencia lógica de haber relativizado el valor de la vida de algunas personas, y proponer como un hecho positivo el suicidio. Si un ser humano en cierta situación puede ser eliminado… ¿Quién puede poner límites a otros casos considerados “aceptables” de ser asesinados, con o sin su consentimiento?
La discapacidad no es una carga o un déficit
Siempre que se instala una cultura donde se normaliza que algunas vidas puedan eliminarse por considerarse menos dignas de vivirse, la sociedad va naturalizando la eliminación de vidas consideradas “sin sentido”. Con apreciaciones totalmente subjetivas que vulneran la dignidad humana, que no cambia de valor por la situación en que se encuentre una persona. Las personas se convencen de esto y solo se alegará que era “su derecho”, “su decisión”, sin ver el panorama completo.
Cuando un solo ser humano es considerado como una vida indigna de vivirse, se abre la puerta para eliminar personas, por determinadas situaciones que no encajan en los estándares de “calidad de vida” de sociedades que no quieren mirar de frente a las vidas más limitadas, o más dependientes, de los demás.
Los supuestos que se basan en la discapacidad y en los estereotipos asociados, han sido rechazados de forma contundente por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La discapacidad no es una carga o un déficit de la persona. Es un aspecto universal de la condición humana.
Y frente a los argumentos de que es una “libre decisión personal”, afirmaron que “en ningún caso la ley debe prever que pueda ser una decisión razonada que una persona con una condición de discapacidad ponga fin a su vida con el apoyo del Estado”.
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¿Se pueden sentir presionadas?
Los expertos afirmaron que, incluso donde es legal la eutanasia y restringida a personas con enfermedad terminal, las personas con discapacidad, especialmente las personas mayores, pueden sentirse sutilmente presionadas para poner fin a su vida de forma prematura debido a la falta de apoyo y de cuidados.
“La proporción de personas con discapacidad que viven en la pobreza es significativamente mayor, y en algunos países el doble, que la de las personas sin discapacidad”, señalaron. “Las personas con discapacidad condenadas a vivir en la pobreza por la falta de una protección social adecuada, pueden decidir poner fin a su vida como gesto de desesperación.
Frente a las desventajas que experimentan tantas personas para vivir una vida con sentido y cuidados, difícilmente pueda argumentarse que esas elecciones no sean problemáticas y fuertemente condicionadas por la situación en que viven.
Una hipocresía social disfrazada de compasión
Indirectamente, quien vive una situación considerada “indigna” por la sociedad del éxito y la autosuficiencia, comenzará a sentir la obligación de dejar de ser una carga. La presión social puede ser devastadora sobre personas con una vida que exija cuidados especiales.
Colocar en el mismo lugar a la enfermedad y la discapacidad como han hecho algunos “predicadores” de la “compasiva eutanasia”, del “derecho a morir”, tiene graves consecuencias sociales sobre el concepto de discapacidad. Durante mucho tiempo estuvieron asociadas.
La discapacidad era una realidad tratada por los sistemas de salud para ayudar a aproximarse a la “norma”, al “sano no discapacitado”. Hoy esto es algo completamente superado. La discapacidad constituye una situación social, no un déficit de la persona.
La discapacidad es un desafío a la sociedad, y por ello necesita de la lucha contra toda forma de exclusión y de discriminación. La defensa de los Derechos Humanos, que son de todos los seres humanos, no admite que alguien pueda renunciar a sus derechos. Sería como renunciar a ser humano.
La exclusión de las personas con discapacidad en los debates
Los expertos en Derechos Humanos también expresaron su preocupación por la falta de participación de las personas con discapacidad; así como de las organizaciones que las representan, en la elaboración de dicha legislación. “Es primordial que se escuchen las voces de las personas con discapacidad, de todas las edades y orígenes, a la hora de redactar leyes, políticas y reglamentos que afecten a sus derechos. Y especialmente cuando hablamos del derecho a la vida”, dijeron.
Al respecto de sus derechos afirmaron los expertos: “Garantizar que las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan participen de forma significativa en los procesos legislativos clave que les afectan… Es un componente clave de las obligaciones de los Estados promover, proteger y cumplir los derechos humanos; y respetar el derecho de todos a la vida en igualdad de condiciones.”