Un término polémico dentro y fuera del ámbito islámico
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Literalmente, la palabra yihad significa esforzarse. Por tanto, puede definirse en primera instancia como la obligación doctrinal que tiene todo musulmán de esforzarse interior y exteriormente por extender el Islam, combatiendo si es preciso. Un planteamiento que debe entenderse como un proyecto temporal, estrechamente unido a los conceptos de religión y Estado (Din wa dawla). Para los chiitas, la yihad se convierte así en un sexto pilar sobre el que se apoya su tarea religiosa.
Como puede advertirse, el término yihad resulta polémico dentro y fuera del ámbito islámico. De un lado, por ser el primer recurso utilizado por los grupos radicales y terroristas para ejecutar sus acciones. De otro, porque dentro del mundo musulmán existen diversidad de corrientes que enfatizan aspectos distintos. Complejidad que no ayuda a dotarlo de una definición única, que dificulta su comprensión por el mundo no musulmán.
Puede decirse que este tipo de obligación (fard), las características y límites de ese “combate doctrinal”, ha supuesto un tema controvertido desde los orígenes mismos del Islam. Especialmente porque las disposiciones del propio Corán varían según el tiempo y la circunstancia en que se produjo la revelación de cada pasaje. La horquilla de posibilidades que recoge el término yihad van desde la persuasión oral ejemplarizante (hasta el 622) a la guerra ofensiva (622-632).
Con todo ello, el derecho musulmán (fiqh) ha tratado de ordenar fines y medios de la yihad, precisando quiénes están sometidos a ellos. Para ello se ha puesto especial énfasis en la aprobación de las aleyas (nasj). Para algunos jurisconsultos se trataría de una guerra defensiva y en ocasiones preventiva. Una visión apoyada por determinadas corrientes reformistas contemporáneas, como los Hermanos Musulmanes de Syyid Qutb, que ven en ella su verdadero sentido.
Este tipo de yihad “defensiva” es considerada para corrientes espiritualistas y moralistas como “pequeña yihad”. Según su planteamiento la “gran yihad” estaría reservada al combate espiritual contra las fuerzas del mal que existen en el interior de cada ser humano, así como contra los vicios e injusticias de la sociedad. Tanto más, cuanto el Corán invita a combatir a quienes siembran la corrupción (ifsad) en tierra de Dios (Qr. 29,30).
En el Corán esta obligación se hace extensible a todos los creyentes. Es mencionada en 26 ocasiones. Sin embargo, en la gran mayoría de los casos el vocablo “yihad” puede distinguirse muy bien de otros términos coránicos, como “combatid” o “matad”, usados para designar “guerra santa”. De este modo, el vocablo yihad se reserva para calificar varias cosas. Primera, la lucha militar contra los proselitistas de La Meca. Segundo, la apertura (fath) de nuevos territorios a la predicación del Islam en expansión. Tercero, defensa de los territorios islámicos contra agresiones externas.
Para comprender la actual vulgarización de yihad como “guerra santa” deben tenerse en cuenta dos perspectivas que aparece entrelazadas. La primera: cómo ha de realizarse este “combate” por el Islam. Segunda: quiénes están llamados a realizarlo.
Yihad ofensiva y defensiva
Como ya hemos mencionado, el musulmán debe mejorarse y mejorar lo que le rodea. Islamizarse e islamizar. Para los ulemas sunníes, la yihad mayor (esfuerzo personal) estaría fundamentada en un hadiz que dice: “volemos de la yihad más pequeña a la yihad más grande”. Este dicho ha sido interpretado por los exégetas como la lucha del hombre contra su propio ego, recogido en un contexto en el que Mahoma mostró cierta condescendencia con aquéllos que huían del combate. La autenticidad de este hadiz ha sido discutida por la lejanía del transmisor respecto al Profeta. Y aunque no aparece en los dos corpus más importantes (Bujari y Muslim) sí que sirvió para que ulemas posteriores, al-Zamajchari (1075-1147) y al-Baidawi (1286), explicaran la aleya 22:38: “luchad por Dios como Él se merece”.
Por tanto, la diferencia entre yihad mayor y menor ha sido seguida por los partidarios de una exégesis racionalista del texto coránico. Pero resulta evidente que, desde la estancia de Mahoma en Medina, se fue generalizando una concepción de yihad como “acción bélica” ejercida contra los enemigos de la Unma. Esa yihad bélica, también ha tenido un carácter ambivalente: ofensivo-defensivo. Extendido como botín ligado a la expansión histórica de un modelo de Estado islámico en todas aquellas tierras ganadas al Islam.
Sobre ello, el filósofo cordobés Averroes (1126-1198) señaló algo crucial. Que la yihad no es un fin en sí misma, ya que es la consecuencia del desorden y la corrupción del sistema. Más bien, apuesta porque sea definida como un medio legítimo para que la autoridad pueda cumplir su misión última: el orden social que debe reinar en territorios del Islam. Y pese a lo que pueda entenderse, la yihad tiene un carácter secundario. Para ejecutarse debían cumplirse primero ciertas condiciones: haber agotado todos los recursos pacíficos para convencer a la población de aceptar un orden islámico.
Por tanto, en los inicios del Islam como una religión en expansión, el origen de la yihad no fue sólo la conversión de la Arabia pagana. Sino la capitulación de los territorios limítrofes (cristianos y zoroastros) y su sometimiento al poder califal. Así, puede decirse que esta yihad ofensiva fue consustancial al avance del Islam por territorios no islámicos. Sirvió para legitimar políticamente el poder califal y para cohesionar la comunidad musulmana (Unmma). No es casual que Abd Allah Azzam, conocido como el” imam de la yihad” para el moderno yihadismo, recurriera a Averroes en su exposición doctrinal acerca de la obligación ineludible de la yihad en el Islam.
En cuanto a la yihad defensiva, los ulemas contemporáneos se afanan porque sea ésta la única y autentica yihad. En este sentido, han precisado cuáles serán los motivos que la podrían en marcha: detener una agresión, proteger la misión del Islam y defender la libertad religiosa.
Además de esta yihad contra los enemigos externos de la comunidad islámica, no debe olvidarse que, desde el principio, surgió un tipo de oposición dentro del propio Islam. Unas fuertes disensiones que causaron la división (fitna) entre sunníes y chiíes. De hecho, la escuela jurídica jarichí (chiíta) acusó a los sunníes de haber pervertido el mensaje profético y con ello de incurrir en impiedad (kufr). Una acción que justificaba el combate contra ellos. Esta yihad intraislámica es tajantemente rechazada por la sunna y la mayoría de los chiíes, pero sí ha generado seguidores radicalizados en ambos sectores.
¿Quién está llamado a la yihad?
La jurisprudencia ha tratado de delimitar este aspecto. La yihad mayor es una evidente obligación personal, al igual que el resto de las obligaciones del culto. En ese sentido, este tipo de yihad podría incluirse dentro de los pilares del Islam. Sin embargo, otorgarle ese rango a la yihad menor entraña un serio problema para el orden público. Especialmente porque supone reconocer la potestad de cualquier musulmán para emprender una ofensiva bélica en nombre del Islam.
La jurisprudencia sunní ha estipulado que la declaración de la yihad sólo corresponde al gobernante. O lo que es igual, que es una obligación colectiva, cuyo cumplimiento compete a la comunidad y no a una facción de ella o a cada creyente. Están exentos de participar en ella las mujeres, menores de edad, enfermos y discapacitados. Quienes no obtengan permiso de sus padres y algunos responsables públicos.
Sin embargo, los pensadores disidentes de esta directriz, siguen insistiendo en la posibilidad de emprender la yihad de forma individual, ateniéndose al mandato de la doctrina jurídica que vela por el orden (hisba). Un principio legal y moral que vela por la promoción de la ley y evita que el sistema islámico se vicie. A partir de esta hisba, se realiza una lectura descontextualizada del hadiz que afirma: “si alguno de vosotros ve un mal, que lo cambie con la mano; si no puede, con la lengua; y si no puede, con el corazón; tal es la fe misma” (Muslim, 49). De este modo, recaería en el individuo la potestad de levantarse contra la iniquidad, incluida la de otros musulmanes.
La implementación contemporánea de la yihad ofensiva ha sido tajantemente rechazada por los pensadores liberales, los sunníes ilustrados. Optan por una predicación o dawa pacífica. Una reislamización social y moral y, en última instancia, política. Un planteamiento respaldado por la sura: “no cabe coacción en religión” (Q. 2:256). La vigencia de la yihad quedaría restringida a la yihad defensiva. Que es, en cualquier caso, la única vía posible de justificación jurídica no islámica de la yihad. Ya que el derecho internacional suscrito por la inmensa mayoría de los países de tradición islámica la invalida en cualquier otro sentido.