El sentido de la normativa aprobada hoy por el Papa es precisar la reforma querida por Pablo VI
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El Papa Francisco ha promulgado normas sobre la renuncia de los obispos y cardenales, cuando llegan a la edad de 75 años, o cuando es justificada por motivos que lo ameritan. ¿Cuál es la razón, si el Código de Derecho Canónico ya regulaba la renuncia de los obispos? Se trata de unas disposiciones que pretenden aclarar cual es la norma y no dejar esta cuestión a la casuistica o a la buena voluntad de los prelados-purpurados.
Las nuevas “Disposiciones”, que entran en vigor el 5 de noviembre, con su publicación en “L’Osservatore Romano”, diario de la Santa Sede, buscan aplicar sin espacio a dudas las indicaciones que introdujo el Papa Pablo VI, a sugerencia del Concilio Vaticano II, sobre las renuncias de los obispos.
Las nuevas normas precisan que el Papa, "en algunas circunstancias particulares" puede "considerar necesario pedir" al Obispo que "presente la renuncia al oficio pastoral, tras haberle dado a conocer los motivos de tal petición y escuchar atentamente sus razones, en diálogo fraterno".
El anterior documento sobre esta materia, el motu proprio “Ingravescentem Aetatem” de Pablo VI no hacía mención explícita a la posibilidad de que el Papa exija la renuncia forzada a un obispo por causas de fuerza mayor.
Las nuevas normas aclaran esta cuestión, y refuerza la autoridad del Papa en este campo. Una autoridad que ya lo era, como se puso de manifiesto en el caso del obispo de Ciudad del Este, monseñor Rogelio Olivieres, a quien el pontífice pidió la renuncia a través de su legado, el cardenal Santos Abril, el pasado mes de octubre.
Asimismo el Papa Francisco aclara que todos los responsables de dicasterios de la Curia romana, cardenales incluidos, "deben" jubilarse a los 75 años, un ligero cambio respecto a la constitución apostolica “Pastor Bonus” de Juan Pablo II (28 de junio de 1988), que regula la Curia romana, en la que se "pedía a los cardenales" que presentaran su dimisión.
El “Rescriptum ex audientia Ss.mmi”, difundido por la sala de prensa vaticana y precedida por una nota de presentación del cardenal secretario de Estado Stato Pietro Parolin, explica que Jorge Mario Bergoglio ha firmado las nuevas disposiciones tras haber tomado en consideración la normativa vigente presente en varias fuentes de derecho vaticano y “acogiendo las recomendaciones del Consejo de Cardenales que asisten al Santo Padre en la preparación de la reforma de la Curia romana y en el Gobierno de la Iglesia”, el llamado “C9″.
En la audiencia de este miércoles el Papa Francisco ha explicado “ser obispos quiere decir tener siempre ante los ojos el ejemplo de Jesús, que como Buen Pastor, no vino a ser servido, sino a servir, y para dar su vida por las ovejas”.
“Los santos obispos – y hay muchos en la historia de la Iglesia, muchos obispos santos – nos muestran que este ministerio no se busca, no se pide, no se compra, sino que se recibe en obediencia, no para elevarse, sino para abajarse, al igual que Jesús”.
“Es triste cuando se ve un hombre que busca este oficio y que hace tantas cosas para llegar hasta allí, y cuando llega allí, no sirve, se pavonea, vive solamente para su vanidad”, concluyó el Papa.