CUARESMA 2026
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Hemos conocido la vida de santos antiguos y quizá pensamos que es cosa del pasado promover una causa de canonización, sin embargo, en la actualidad, existen muchos procesos para reconocer la santidad de cristianos de todas las nacionalidades, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿cualquier persona puede abrir una causa?
Lo principal es la salvación de las almas
"La Iglesia tiene como principal misión la salvación de las almas, y tal encomienda viene directamente de Jesucristo, quien ha encargado a sus apóstoles la predicación del evangelio, la enseñanza de la verdad, y guiar con su luz a todo el pueblo que se ha congregado en su nombre", comenta el Pbro. Lic. José Natanael Torres García.
Este mandato se ha cumplido desde que Cristo fundó su Iglesia y muchos han sido los cristianos que han llegado al grado de ofrendar su vida por defender a la Iglesia y su fe en Cristo, encendiendo en otros el deseo de seguir su ejemplo. Además, en muchas ocasiones su testimonio es acompañado de milagros, atribuidos a su intercesión, que Dios le concede porque le ha sido muy agradable esa persona en vida, y también, después de su muerte.
El actor de la causa
Ahora bien, para que pueda abrirse una causa de canonización, existe todo un proceso que se detalla en la Sanctorum Mater, que es la instrucción sobre el procedimiento instructorio o eparquial en las causas de los santos.
El padre Natanael explica que "para la Iglesia resulta importante, en todo tiempo, mostrar que el seguimiento de Cristo no solamente puede ser posible, sino que además verdaderamente alcanza para nosotros la salvación". Agrega que "de ahí, que el proceso que se comienza para poder discernir, declarar y proponer a una persona como santa, sea riguroso en lo canónico, histórico, teológico y Pastoral".
En cuanto a quién puede promover la causa de canonización, la instrucción Sanctorum Mater le llama "actor de la causa" pero ¿quién puede serlo? esto responde:
"Se pueden constituir como actores de la causa el Obispo diocesano o eparquial ex officio, las persona jurídicas, como diócesis o eparquías, estructuras jurisdiccionales a ellas equiparadas, parroquias, institutos de vida consagrada o sociedades de vida apostólica, o asociaciones de fieles clericales y/o laicales admitidas por la autoridad eclesiástica"
Pero, además, da esta posibilidad_
"También puede constituirse como actor de la causa una persona física, es decir cualquiera que pertenezca al pueblo de Dios, con tal de que tenga capacidad de garantizar la promoción de la causa en su fase diocesana o eparquial y en la romana". (Art. 10 - § 2).
Así pues, si se tiene conocimiento de algún fiel cristiano con fama de santidad, puede iniciarse una causa de canonización acudiendo, en primer lugar, con el obispo de la Diócesis que le correspondía al posible santo. Él determinará si existen las condiciones necesarias para iniciar el proceso.










