CUARESMA 2026
Tu efuerzo de Cuaresma puede ayudar a millones de lectores. Apoya a Aleteia.
A veces sucede que, cuando todo está listo para dar el gran paso, ocurre un imprevisto que impide que una pareja pueda contraer matrimonio. Puede ser intencional o no, pero el Derecho Canónico contempla la posibilidad de un atentado, que explicaremos a continuación.
¿Por qué se llama atentado?
De acuerdo con la Real Academia Española, un atentado es una "agresión o desacato grave a la autoridad u ofensa a un principio u orden que se considera recto". Pero también denota "intentar. Emprender o ejecutar algo ilegal o ilícito."
En este sentido, dice el padre José Luis Solís, especialista en Derecho Canónico, que "atentado es un concepto jurídico que se utiliza para otros ámbitos, por ejemplo, atentado de muerte u homicidio en grado de tentativa". En este caso se usa para indicar que un matrimonio no se realizó o se intentó pero no se hizo, explica el presbítero.
Los impedimentos
En cuanto a las razones para no hacer el matrimonio, comenta que puede tener relación con los impedimentos dirimentes que marca el Código de Derecho Canónico, y cita a continuación el canon 1073:
"El impedimento dirimente inhabilita a la persona para contraer matrimonio válidamente".
Es decir, si alguna persona tiene en su vida alguno de estos impedimentos, sencillamente no se puede llevar a cabo el matrimonio, y se realiza, no es válido. Un ejemplo puede ser:
- Haber recibido las sagradas órdenes o del voto público perpetuo de castidad en un instituto religioso de derecho pontificio (c. 1078 § 2 - 1).
- Ser casado por la Iglesia con anterioridad.
El engaño
Ahora bien, se ha sabido de personas que han llegado hasta la falsificación de un documento eclesiástico con tal de recibir el sacramento. En este caso la Iglesia puede imponer una pena a quien pretenda engañar a la autoridad eclesiástica porque "lleva una intención dolosa" expone Solís.
Pero el sacerdote refiere que hay una cuestión más grave, que es cuando pretenden bautizarse para obtener una nueva fe de bautismo y abrir un nuevo archivo. "Siempre habrá alguien que quiera engañar, pero aunque se engañe a la autoridad eclesiástica, porque la persona ya está casada por la Iglesia, el segundo matrimonio es nulo automáticamente" agrega el padre José Luis.
La necesidad de cumplir con los requisitos
Finalmente, menciona que la publicación de amonestaciones es muy importante, pues la gente que conoce a los contrayentes puede dar fe de que se pueden casar sin problema o denunciar si existe algún impedimento.
Y concluimos con la necesidad de la entrevista en la presentación matrimonial, que forma parte de este conjunto de requisitos para que los novios reciban un sacramento válido y lícito en todos los aspectos.











