La santa Misa es el sacramento máximo en el que nos alimentamos de la Palabra de Dios y del cuerpo y sangre de nuestro Señor Jesucristo, por eso la sagrada liturgia es muy cuidadosa en elegir los cantos y el coro que acompañan cada parte, con la finalidad de permitir que la asamblea y el presidente se adentren con todo su ser en lo que están celebrando.
La dignidad de la música y el canto en la liturgia
La constitución Sacrosanctum Concilium trató el tema de la dignidad de la música sagrada y dio normas para que se respetara su origen y su fin, pues las reformas del Concilio Vaticano II buscaban la plena participación de pueblo en la sagrada liturgia.
En el número 112 de dicha constitución, con respecto al canto encontramos lo siguiente:
En efecto, el canto sagrado ha sido ensalzado tanto por la Sagrada Escritura, como por los Santos Padres, los Romanos Pontífices, los cuales, en los últimos tiempos, empezando por San Pío X, han expuesto con mayor precisión la función ministerial de la música sacra en el servicio divino.
La participación de los fieles
Hay que destacar que el canto no es un "accesorio" en las celebraciones litúrgicas, como si se tratara de un complemento para lucirse. Además, quien acude a ellas no debe ser un mero espectador, por eso, los responsables de la liturgia deben tener claro que no se trata de "amenizar" un evento cualquiera, sino que la finalidad de la música sacra "es gloria de Dios y la santificación de los fieles" (n. 112)
Por ello, toma en cuenta también el canto que surge del pueblo, como lo encontramos en todas las culturas del mundo, así mismo, el documento destaca nuevamente que los fieles deben participar de los cantos:
Foméntese con empeño el canto religioso popular, de modo que en los ejercicios piadosos y sagrados y en las mismas acciones litúrgicas, de acuerdo con las normas y prescripciones de las rúbricas, resuenen las voces de los fieles (n. 118).
El uso de instrumentos musicales
En primera instancia, el instrumento que puede acompañar los cantos litúrgicos es el órgano. Sin embargo, se tienen estas consideraciones:
En el culto divino se pueden admitir otros instrumentos, a juicio y con el consentimiento de la autoridad eclesiástica territorial competente [...] , siempre que sean aptos o puedan adaptarse al uso sagrado, convengan a la dignidad del templo y contribuyan realmente a la edificación de los fieles (n. 120).
Y respecto a los cantos, deben apegarse a la doctrina católica:
Los textos destinados al canto sagrado deben estar de acuerdo con la doctrina católica; más aún: deben tomarse principalmente de la Sagrada Escritura y de las fuentes litúrgicas (n. 121).
El uso de música grabada
Atendiendo a todo lo anterior, reproducir música o cantos grabados en una Misa o celebración litúrgica constituirá un abuso litúrgico, puesto que no se apega a la finalidad del canto.
Entonces, si lo que se busca es llenar la ausencia del coro, lo mejor es que el pueblo entone los cantos a capela o, en su defecto, se omitan y todo sea recitado.


