Treinta años después de que el Estado Mexicano y la Santa Sede reanudaron relaciones diplomáticas, el episcopado mexicano, en voz de su presidente el arzobispo de Monterrey, Rogelio Cabrera, puso en claro que a verdadera libertad religiosa no se puede (ni se debe) limitar “a la mera libertad de culto”
De hecho, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que data de 1992, así como su Reglamento (2002) tienden a confundir los uno con lo otro, reduciendo al templo un derecho humano fundamental que, como se expresa en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se puede expresar en público y en privado.
La distinción hecha por el arzobispo Cabrera es importante, toda vez que, en las pasadas elecciones intermedias de junio de 2021, varios sacerdotes y obispos fueron denunciados por haber, supuestamente, infringido la ley al dar sus opiniones sobre las elecciones y sobre el sentido del voto de los católicos.