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Presentan un proyecto para legalizar la eutanasia en la Argentina

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Esteban Pittaro - publicado el 29/11/21

Aún no está formalmente en la agenda política, pero podría suceder en los próximos años

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Tres legisladores argentinos presentaron un proyecto de ley que ingresarán al Congreso de la Nación con el objetivo de legalizar la eutanasia en la Argentina.

El proyecto fue anunciado por tres diputados; entre ellos el presidente de la Unión Cívica Radical, y uno de los nombres que más resuenan dentro de la oposición para postularse a las elecciones presidenciales en 2023: Alfredo Cornejo.

El proyecto, al igual que en la ley que legalizó el aborto en el país, prevé un apartado en el que obliga a que los profesionales objetores de conciencia se expresen con anterioridad; pero aclara que incluso así deben colaborar con la práctica derivando sin dilaciones para que el solicitante sea atendido por otra persona.

Asimismo, prevé lo mismo para instituciones que no cuenten con profesionales no objetores, y les carga la responsabilidad tanto de la derivación como de la cobertura de los costos; por lo que entidades cuyos valores institucionales se opongan a la eutanasia estarían en la práctica obligadas a financiarla.

Se trata, por el momento, de un anuncio en una conferencia de prensa y presentación pública del proyecto, que Cornejo presidió junto con la diputada por el mismo distrito Jimena Latorre.

Suscribe además el documento Alejandro Cacace. Pero acompañaron la conferencia de prensa, además de un profesional médico con ELA, otros parlamentarios. Entre ellos, los senadores Pamela Verasay y Julio Cobos; senadores nacionales que si bien dejan sus bancas a partir de diciembre brindaron un fuerte respaldo al proyecto.

Aún no está en la agenda, pero…

A diferencia de otros proyectos como el que intentó la legalización del aborto en 2018, y aquel que la logró a finales de 2020, no se trata de un proyecto apoyado por colectivos de ningún grupo. Tampoco cuenta por el momento con un visible respaldo cultural o periodístico a nivel nacional.

Más aún, en un momento de transición y renovación de las cámaras, es difícil prever su viabilidad de éxito; más aun siendo un tema que no estuvo entre los principales durante la campaña electoral que acaba de terminar con la renovación parcial del Congreso. Sin embargo, alcanza para poner sobre la mesa una discusión que puede venirse a la Argentina los próximos años.

Parte de la fundamentación del proyecto, según los autores, es que la ley de la muerte digna, sancionada en 2019, cubre lo que entienden es el

«brindarle al paciente la posibilidad de tomar una decisión altamente personal, como es ni más ni menos que el de rechazar tratamientos médicos que sólo prolongarán su sufrimiento. En otras palabras, de permitir que el paciente decida cómo ejecutar su plan de vida hasta el último momento».

Poco fundamento

Para los parlamentarios, se trataría de una «eutanasia pasiva», a diferencia de la «activa», que, entienden, la ley niega. «A través del proyecto actual se pretende ampliar la regulación también a la eutanasia activa», dicen.

Y expresan, entre los motivos para proponer esta ley, que existen «distintos elementos, como la prolongación de la esperanza de vida, con el consiguiente retraso en la edad de morir; en condiciones que muchas veces implican un importante deterioro físico y psíquico; el incremento de los medios técnicos capaces de sostener durante un tiempo prolongado la vida de las personas, sin lograr la curación o una mejora significativa de la calidad de vida; entre otros».

Pero más allá de exponer ideas, no pareciera en la fundamentación del proyecto haber argumentos e indicaciones que den un vuelco tan importante a la legislación argentina.

Samaritanus bonus

La Congregación para la Doctrina de la Fe publicó en septiembre de 2020 la carta Samaritanus Bonus, sobre el cuidado de las personas en las fases críticas y terminales de la vida. En ella se encuentran respuestas a algunos de los planteos que los legisladores proponen en la fundamentación de su proyecto. Entre otros puntos, se lee en la carta:

«Hoy en día algunos factores limitan la capacidad de captar el valor profundo e intrínseco de toda vida humana: el primero se refiere a un uso equivoco del concepto de ‘muerte digna’ en relación con el de ‘calidad de vida’. Irrumpe aquí una perspectiva antropológica utilitarista, que viene vinculada preferentemente a las posibilidades económicas, al ‘bienestar’, a la belleza y al deleite de la vida física; olvidando otras dimensiones más profundas – relacionales, espirituales y religiosas – de la existencia».

Verdadera compasión

La carta también propone que la compasión con el que sufre no pasa por ayudarlo a acabar con su vida.

“Un segundo obstáculo que oscurece la percepción de la sacralidad de la vida humana es una errónea comprensión de la ‘compasión’. Ante un sufrimiento calificado como ‘insoportable’, se justifica el final de la vida del paciente en nombre de la ‘compasión’. Para no sufrir es mejor morir: es la llamada eutanasia ‘compasiva’. Sería compasivo ayudar al paciente a morir a través de la eutanasia o el suicidio asistido. En realidad, la compasión humana no consiste en provocar la muerte; sino en acoger al enfermo, en sostenerlo en medio de las dificultades, en ofrecerle afecto, atención y medios para aliviar el sufrimiento”.

Evitar el encarnizamiento no es eutanasia pasiva

Asimismo, expresa que lo que en el proyecto de ley parece expresarse como “eutanasia pasiva”, en realidad es evitar la puesta en marcha de dispositivos médicos desproporcionados a los resultados que se pueden esperar.

«En el caso específico del ensañamiento terapéutico, viene reafirmado que la renuncia a medios extraordinarios y/o desproporcionados «no equivale al suicidio o a la eutanasia; expresa más bien la aceptación de la condición humana ante la muerte» o la elección ponderada de evitar la puesta en marcha de un dispositivo médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar. La renuncia a tales tratamientos, que procurarían solamente una prolongación precaria y penosa de la vida, puede también manifestar el respeto a la voluntad del paciente, expresada en las llamadas voluntades anticipadas de tratamiento, excluyendo sin embargo todo acto de naturaleza eutanásica o suicida».

La carta entera puede leerse aquí

Tags:
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