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El Congreso argentino ante la posibilidad de cercenar el derecho a pensar distinto

ARGENTINA

Shutterstock | Patricio Hellstrom

Esteban Pittaro - publicado el 28/10/21

Libertades básicas ya consagradas como las de culto, pensamiento, conciencia, expresión, opinión, asociación y enseñanza, podrían estar en riesgo.

La Cámara de Diputados dio media sanción a la ratificación por parte de la Argentina de la “Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia”. De esta manera, se abre las puertas a que a ese acuerdo tenga rango legal en el país, si el Senado la confirma.

Hasta ahora la Convención, propuesta en Guatemala en 2013 en la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, fue firmada sólo por 12 de los 35 estados miembros, y ratificada por solo dos de ellos, México y Uruguay.

Si bien el texto considera en apartados preocupaciones como “el aumento general, en diversas partes del mundo, de los casos de intolerancia y violencia motivados por el antisemitismo, la cristianofobia y la islamofobia”, presenta una interpretación amplia de la noción de “intolerancia” que, coinciden analistas, puede llevar a la represión de la expresión del disenso en temas de, por ejemplo, rechazo al aborto o a políticas basadas en la ideología de género.

¿Qué es intolerancia?

Según escribe la Convención, “intolerancia es el acto o conjunto de actos o manifestaciones que expresan el irrespeto, rechazo o desprecio de la dignidad, características, convicciones u opiniones de los seres humanos por ser diferentes o contrarias. Puede manifestarse como marginación y exclusión de la participación en cualquier ámbito de la vida pública o privada de grupos en condiciones de vulnerabilidad o como violencia contra ellos”.

Como escribió el Dr. José Durand Mendioroz en un artículo publicado en el portal Mdzol.com, “la intolerancia está caracterizada de una manera tan difusa e imprecisa, que las autoridades de aplicación van a tener un amplísimo margen de discrecionalidad. O sea, que pueden interpretar lo que se les dé la gana. Así, para la Convención ‘intolerancia’ puede ser cualquier expresión de rechazo de las opiniones de los seres humanos por ser diferentes o contrarias”.

Como se advirtió en la propia cámara, “lo novedoso de la Convención Interamericana contra la Discriminación e Intolerancia es que incorpora por primera vez en América al colectivo LGBTIQ como categorías protegidas”.

Riesgos para las religiones y para la libertad de enseñanza

Según advierte el Dr. José Durand, “la futura policía anti-discriminación del Estado, en tanto, deberá reprimir y sancionar las expresiones de disenso que puedan ser consideradas ilícitas, aunque provinieren del ejercicio de la libertad religiosa, que incluye –por cierto- la transmisión a través de las generaciones, de normas de conducta que bien pueden estar en desacuerdo con las sostenidas por otros sectores de la sociedad”. También, señala, “queda comprometida la libertad de las familias de educar a sus hijos conforme a sus propios criterios morales y religiosos”.

Según el portal Notivida, “la Convención vulnera libertades fundamentales como las de culto, pensamiento, conciencia, expresión, opinión, asociación y enseñanza”.

La posible conflictividad entre derechos constitucionales no fue abordada por la cámara de diputados en su pleno, ya que solo votaron 129 diputados, de los cuales 128 lo hicieron a favor. El diputado restante, se abstuvo. Otros 125 diputados no participaron de la votación, entre los cuales, una gran parte, había expresado disconformidad con el dictamen.

Se trataba además de una maratónica sesión con múltiples proyectos de diversa índole, por lo que durante gran parte de la jornada, que incluyó la madrugada y el momento de esta votación a la mañana, después de 20 horas de discutir otros proyectos, los diputados fueron dejando paulatinamente la cámara para descansar. En ese contexto, y pese a la trascendencia de adoptar para el país una convención internacional, se le dio media sanción.

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