¿Defensa de la soberanía nacional o violación a las libertades públicas? Conozca aquí el alcance de la nueva normativa El día 15 de octubre la Asamblea Nacional de Nicaragua –con el voto mayoritario de los sandinistas—aprobó la polémica Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, conocida popularmente como “Ley Putin”. Y el día 16 de octubre el sacerdote colombiano Luis Arilio Carrillo, tuvo que abandonar el país. El padre Carrillo, del Instituto Misionero de San Juan Eudes, tenía permiso de residencia en Nicaragua hasta 2022. Había trabajado durante cinco años en la Costa Caribe y otros cinco años en la Parroquia San Judas Tadeo, diócesis de Estelí, junto con el obispo Abelardo Mata.
Según el sacerdote colombiano, no fue la aplicación directa de esta ley la que motivó su “expulsión” de Nicaragua. En declaraciones previas a abandonar el país centroamericano, Carrillo dijo que la Dirección General de Migración y Extranjería, sin explicarle las razones y sin previo aviso, le había cancelado desde el mes de agosto pasado su residencia. Sin embargo, tanto él como el obispo Mata decidieron que saliera de Nicaragua una vez que la Asamblea Nacional aprobó esta ley que ha sido repudiada por organismos defensores de los derechos humanos tanto al interior de Nicaragua como organismos internacionales.
También en el mes de agosto, y sin mediar explicación alguna, le fue cancelado el permiso de residencia al sacerdote salvadoreño Julio Melgar, con cuarenta años de labor misionera en Nicaragua y actualmente en la parroquia de Nuestra Señora del Carmen, en Estelí. El padre Melgar, sin embargo, logró un permiso provisional hasta febrero de 2021. En opinión del padre Carrillo, la expulsión tiene que ver, directamente, con el contenido de su predicación: “Yo, sacerdote cristiano católico, a la luz de la palabra de Dios, exhorto siempre al pueblo a dejarse guiar por el Espíritu Santo, y salir de la podredumbre en que los tienen””, dijo a CNN antes de salir del país.
¿De qué se trata la nueva Ley?
La nueva Ley de Regulación de Agentes Extranjeros tiene como objeto, “establecer el marco jurídico de regulación aplicable a las personas naturales o jurídicas nacionales o de otra nacionalidad que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento extranjero, utilicen esos recursos para realizar actividades que deriven en injerencia de Gobiernos, organizaciones o personas naturales extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua, atentando contra la independencia, la autodeterminación y la soberanía nacional, así como la estabilidad económica y política del país”.
En cuanto a quién se considera en esta ley como agente extranjero, se trata de una persona natural o jurídica, nicaragüense o de otra nacionalidad, que dentro de Nicaragua percibe fondos, bienes o cualquier objeto de valor provenientes directa o indirectamente de personas naturales, Gobiernos, Agencias, Fundaciones, Sociedades o Asociaciones extranjeras del tipo o naturaleza que sea, que trabaje, reciba fondos o responda a organismos que pertenecen o son controlados directa o indirectamente, por personas naturales, Gobiernos o entidades extranjeras; salvo las excepciones previstas en la presente Ley”(organismos intergubernamentales humanitarios, misiones diplomáticas, organismos internacionales y agencias de cooperación internacional).
Y, finalmente, uno de los apartados que más preocupa a la oposición al gobierno de Ortega es el que dice que “las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o de otras nacionalidades que actúen como agentes extranjeros deben abstenerse, so pena de sanciones legales, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna y externa. Tampoco pueden financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones o alianzas políticas o asociaciones que desarrollen actividades políticas internas en Nicaragua”.
El alcance de la nueva Ley
La ley, que fue aprobada por los votos de la bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional, alfil legislativo de los requerimientos del presidente Ortega. Uno de sus diputados, Wálmaro Gutiérrez, dijo a CNN que “lo que hace esta ley es crear un registro de agentes extranjeros para que toda persona natural o jurídica que represente intereses extranjeros en territorio nacional, y reciba recursos del extranjero para desarrollar esa actividad -que sea lícita-, sencillamente se registre ante el órgano regulador y realice sus informes de carácter periódico”.
Sin embargo, el director de la opositora Alianza Cívica, Juan Sebastián Chamorro, expresó en un video divulgado en sus redes sociales que “esta es una ley inconstitucional porque violenta las libertades públicas, tiene el objetivo de cercenar la capacidad de organización de las organizaciones políticas que se oponen a la dictadura, pero no se queda ahí porque también va a afectar las operación de organizaciones y fundaciones que trabajan sobre temas sociales o la defensa de los derechos humanos”, entre ellas, justamente, la Iglesia Católica, a la que el régimen ha tildado de “golpista”.
“Es una ley perversa. Afecta a los defensores, activistas y organizaciones de derechos humanos que perciben fondos, bienes o cualquier tipo de apoyo de gobiernos, agencias o instituciones extranjeras”, dijo al portal de noticias DW Wendy Flores, del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, actualmente exiliada en Costa Rica.
Y Chamorro sentenció en su cuenta de redes sociales: “Esta es una ley inconstitucional porque violenta las libertades públicas, tiene el objetivo de cercenar la capacidad operativa de organizaciones políticas que se oponen a la dictadura. Pero no se queda ahí porque también va a afectar la operación de fundaciones y organizaciones que trabajan con temas sociales o la defensa de los Derechos Humanos, incluso va a tener consecuencias sobre proyectos de índole privado.”
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