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Colombia le dice «no» al aborto libre

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Lucía Chamat - Aleteia Colombia - publicado el 03/03/20

La Corte Constitucional no acogió la ponencia que pretendía permitir el aborto libre hasta la semana 16 de gestación y dejó la situación tal como estaba desde 2006

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En Colombia seguirá despenalizado el aborto bajo tres causales, en cualquier momento del embarazo, al no ser acogida la ponencia de uno de los magistrados de la Corte Constitucional que buscaba mantenerlo igual y, adicionalmente, aprobar el aborto sin limitaciones hasta la semana 16.

Esto quiere decir que el aborto no tendrá variaciones, sigue siendo delito pero no tiene pena en tres casos: cuando el embarazo represente peligro para la salud física o mental de la mujer; cuando haya una grave malformación del feto que haga inviable su vida, o cuando sea producto de una violación o incesto.

Es una pequeña batalla ganada, sin embargo debemos seguir construyendo una cultura de vida en Colombia pues el aborto se acabará de corazón a corazón cuando todos seamos conscientes del asesinato que se comete”, dijo a AleteiaPamela Delgado, quien dirige en el país 40 Días por la Vida, movimiento que busca el fin del aborto y desde el pasado 26 de febrero adelanta su décima vigilia de oración con este propósito.


MARIBEL CAMACHO

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Se declaró inhibida

El tribunal se debía pronunciar este lunes sobre dos demandas interpuestas por la abogada Natalia Bernal Cano, quien demandó la forma como el artículo 122 del Código Penal fue interpretado en la Sentencia C-355. Este artículo es el que tipifica el delito de aborto en la ley penal colombiana y sobre el cual la Corte había aprobado las tres excepciones en la mencionada sentencia.

La ponencia para responder a esta demanda, presentada por el magistrado Alejandro Linares, era contraria a los alegatos de la abogada provida, proponía conservar la tres causales y despenalizarlo en las primeras 16 semanas.

Después de analizar el caso, la Corte Constitucional se declaró inhibida para emitir decisión de fondo y explicó en un comunicado que el tema “fue objeto de un pronunciamiento previo por parte de este Tribunal mediante sentencia C-355 de 2006 y que la demandante no presentó argumentos suficientes para desvirtuar la existencia de cosa juzgada constitucional”.

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La declaración de inhibición se debe a que «no resultaba viable jurídicamente volver a analizar» este asunto porque ya la Corte se pronunció en 2006 (cosa juzgada) y porque las demandas que presentó la abogada Natalia Bernal no cumplieron con los requisitos necesarios para hacer un nuevo pronunciamiento.

Mientras los magistrados analizaban el caso, en la parte exterior del Palacio de Justicia en Bogotá se agolparon manifestantes pro vida y grupos a favor del aborto durante todo el día. Al mismo tiempo, miles de colombianos oraban y ofrecían la Eucaristía y el ayuno para pedir por una respuesta favorable a la vida.

La decisión no fue unánime: la mayoría (seis) votó porque el tribunal se declarara inhibido, mientras que se dieron tres votos de apoyo a la ponencia de Linares.


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“El aborto no es un derecho fundamental”

El único en manifestar su rechazo directo al aborto en la Corte fue el magistrado Carlos Bernal, quien dijo al periódico El Espectador que “hay suficiente prueba científica de que, desde la concepción, los niños están dotados de genoma humano y, por tanto, son seres humanos”.

En todos sus pronunciamientos Bernal fue enfático en afirmar que “no existe un derecho fundamental a abortar, ni un derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo, ni a decidir con libertad acerca de la práctica del aborto”.

Explica el magistrado, de pensamiento conservador, que hay un déficit de información sobre el procedimiento del aborto, porque las mujeres acuden a él sin saber que los daños que sufrirá su hijo y los que ella misma sufrirá, tanto físicos como sicológicos.

Por su parte, la Conferencia Episcopal de Colombia respaldó siempre las demandas de la abogada Bernal y en un reciente comunicado dijo que es necesario “asegurar el derecho fundamental a la vida, reconocido por la Constitución política, desde la concepción hasta su término natural. En consecuencia, el aborto no puede ser un derecho humano; es exactamente lo contrario”.

Son miles las defensas de la vida que los colombianos han hecho durante los últimos días, que se complementaron con los mensajes de tranquilidad porque la situación se mantuvo igual cuando pudo ser una decisión judicial de peores consecuencias, de haberse acogido la iniciativa del magistrado Alejandro Linares.




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