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¿Una misa de difuntos se puede ofrecer por varios fallecidos o sólo por uno?

PRIEST,EUCHARIST,HOST,CONSECRATION

Jeffrey Bruno | Aleteia

Henry Vargas Holguín - publicado el 14/10/19

Conoce las condiciones de la Iglesia para las misas colectivas o pluriintencionales

Gracias al bautismo Dios hace participar a la persona de la vida eterna junto a Él ya desde el mismo momento de su recepción; es decir, la persona bautizada entra en la comunión de Dios: de su amor y de su paz durante la vida presente y luego en la eternidad.

Es responsabilidad personal vivir temporalmente aceptando y manteniendo esa vida eterna que Dios regala en los sacramentos.

La Iglesia enseña que “la muerte pone fin a la vida del hombre como tiempo abierto a la aceptación o rechazo de la gracia divina manifestada en Cristo” (Catecismo, 1021).

Cada hombre, después de morir, recibe en su alma inmortal su retribución eterna en un juicio particular que refiere su vida a Cristo, bien a través de la purificación, bien para entrar inmediatamente en la bienaventuranza del cielo, bien para condenarse inmediatamente para siempre” (Catecismo, 1022).

A propósito de la etapa de purgación, por culpa del pecado actual de la persona, se puede debilitar esa comunión con Dios o hacerla imperfecta y es ahí cuando se hace necesaria, tras la muerte, una purificación previa y transitoria en el purgatorio, antes de poder entrar definitivamente en el Cielo, siempre y cuando la persona fallezca sin pecado mortal.

Es decir, quienes “mueren en la gracia y en la amistad de Dios, pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su eterna salvación, sufren después de su muerte una purificación, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en la alegría del cielo” (Catecismo, 1030).

La Iglesia llama purgatorio a esta purificación final de los elegidos, que es completamente distinta del castigo de los condenados” (Catecismo, 1031).

Catherine of Genoa

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Morir en pecado mortal, sin estar arrepentidos ni acoger el amor misericordioso de Dios es elegir conscientemente el infierno para siempre (Catecismo, 1037).

La pena principal del infierno consiste en la separación eterna de Dios en quien únicamente puede tener el hombre la vida y la felicidad para las que ha sido creado y a las que aspira” (Catecismo, 1035).

Como nunca sabemos la situación de cada difunto en particular, la Iglesia, con amor de Madre, confía a todos sus hijos difuntos, y a cada uno en particular, a la misericordia divina, intercediendo ante Dios por ellos; recordando que una obra de caridad espiritual es orar por los fieles difuntos.

En la liturgia eucarística y en las plegarias diarias de los fieles, la Iglesia implora la misericordia de Dios, que ‘quiere que nadie perezca, sino que todos lleguen a la conversión’ (2P 3, 9)” (Catecismo, 1037).

¿Y la Iglesia cómo confía a sus hijos difuntos a la misericordia de Dios? Pues la Iglesia lo hace con su oración constante ofreciendo por ellos a Dios algún sacrificio u obras de penitencia tratando de obtener el don de la indulgencia para ellos pero, sobre todo, aplicando u ofreciendo la Misa por ellos.

¿Y qué es la misa o eucaristía? Cristo se ofreció en sacrificio por la salvación del género humano en el altar de la Cruz. Y Jesucristo quiso dejar a la Iglesia, su esposa, en el banquete de la Eucaristía que Él instituyó el Jueves Santo, el memorial de su sacrificio y de su presencia.

Todos los bautizados se unen en esa celebración a las intenciones universales del mismo Cristo, y hacen también memoria de las intenciones personales que presentan a Dios, haciéndolas propias.

La Misa es el sacrificio redentor de Jesucristo y sus frutos alcanzan a los difuntos, llamados a participar de la redención y de la salvación adquiridas por el Cuerpo y la Sangre de Cristo. Esto hace parte del misterio grandioso de la Comunión de los Santos.

Y a propósito de la misa por los difuntos, ésta se puede celebrar por uno o por varios difuntos siempre y cuando éstos sean allegados a la persona que pide la misa (intención).

También se puede celebrar la misa por todos los fieles difuntos, como es el caso de la conmemoración de todos los fieles difuntos, el 2 de noviembre, o también por las innumerables víctimas de alguna tragedia o desastre natural.

De manera muy excepcional, en casos muy concretos y en ciertas condiciones también se pueden incluir muchos fieles difuntos (por ejemplo varios papás difuntos o varías mamás difuntas) en las llamadas misas pluriintencionales o colectivas.

¿Cuáles son las condiciones de la Iglesia para estas misas colectivas o pluriintencionales?

1. Escasez de sacerdotes. Estas misas se celebran ante la imposibilidad de celebrar una Misa por cada una de las muchas intenciones que los fieles solicitarían.

2. En las comunidades parroquiales que sólo celebran una Misa dominical también se puede celebrar por intenciones colectivas.

3. Que se propongan y las acepten los fieles, previa y explícitamente advertidos. Antes de la celebración de la misa, el sacerdote debe indicar a cada oferente que la intención de misa por la que entrega su ofrenda se tendrá en cuenta en una “misa colectiva” donde se pedirá por varias intenciones a la vez.

4. Se debe de indicar públicamente el día, lugar y hora de estas misas.

5. La lista de intenciones se leerá antes de la celebración, aunque no necesariamente citando todos y cada uno de los nombres, sino que podría ser de modo genérico; a menos que no sean muchos que se podrán mencionar también en el momento de las intercesiones antes de la doxología.




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5. La aportación económica es y debe ser voluntaria, y los fieles la depositarán en un lugar específico para tal fin. No hay que confundir esta aportación con la ofrenda o limosna de los fieles durante el ofertorio, pues ésta tiene su destino propio.

6. En materia de ofrendas de Misas, evítese hasta la más pequeña apariencia de negociación o comercio, es decir el riesgo de aparentar simonía. Actualmente la materia queda regulada por los cánones 945-958 del Código de Derecho Canónico. Tener en cuenta que la norma sigue siendo la celebración de la misa por intenciones individuales, según la tradición de la Iglesia.

7.- El sacerdote celebrante sólo puede retener para sí un sólo estipendio que es el fijado por la diócesis. Aunque en la misma misa se apliquen varias intenciones el sacerdote sólo puede percibir el estipendio de una sola intención. El resto de las ofrendas se entrega, parte a la diócesis -a favor de los fines determinados en el derecho- y parte al fondo común de la parroquia.


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