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Criptomonedas: ¿qué diría Santo Tomás de Aquino?

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Alejandro A. Chafuen - publicado el 11/04/19 - actualizado el 23/11/22

Un análisis ético sobre la criptomoneda… y un consejo importante

Dado que Bitcoin ha llegado a su décimo aniversario y su precio está al nivel más alto en cuatro meses, ahora es un buen momento para hablar de algunas de las preguntas morales que lo rodean. Utilizo como guía la estructura de santo Tomás de Aquino.

Tomás analiza los temas económicos en la cuestión 77 de la Suma teológica, donde considera “aquellos pecados que versan sobre las transacciones voluntarias” (Summa Theologiae, II-II, q. 77). Cambiar dinero, bienes o servicios por Bitcoin se encuentra en esta categoría. ¿Hay algún pecado en esto?

¿Bitcoin es una moneda virtual? El Banco Central Europeo ha definido las monedas virtuales como “una representación digital del valor, no emitida por un banco, institución de crédito o institución de dinero electrónico, que en algunas circunstancias puede ser utilizada como una alternativa al dinero.”

En los Estados Unidos de América, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos ha definido la moneda virtual como “un medio de intercambio que funciona como la moneda en algunos ambientes pero no tiene todos los atributos de la moneda real. En particular la moneda virtual no es curso legal en ninguna jurisdicción.” Además, la moneda virtual “convertible” es un “tipo de moneda virtual [que] o tiene un valor equivalente en la moneda real o funciona como un sustituto de la moneda real”.

Los promotores de Bitcoin consideran que las definiciones anteriores son técnicas y obscuras. Señalan que Bitcoin es una red entre pares completamente descentralizada y tiene la ventaja de no necesitar ningún intermediario o banco central para su emisión o negociación. Las criptomonedas son creadas por un gran número de computadoras distribuidas por el mundo, que registran y aprueban las operaciones realizadas.

Giacomo Zucco de Blockchainlab argumenta que el término “virtual”en referencia a las criptomonedas puede ser errónea cuando se aplica a Bitcoin. Dice, “aunque el significado de virtual de las ciencias de computación vale tanto para Bitcoin como para la gran parte de la base monetaria del dólar o del euro, se puede argumentar que las políticas arbitrarias de oferta monetaria de los bancos centrales son aún más ‘virtuales.’ Bitcoin se comporta más como una versión digital de un producto físico.

Santo Tomás de Aquino comienza preguntando, “¿Puede alguien, lícitamente, vender una cosa más cara de lo que vale?”. El tratar de entender qué es lo que determina el valor de una cosa se convierte en tema esencial del estudio para los moralistas que quieren determinar a qué precio se puede vender un bien, o en este caso una moneda, Bitcoin.

La siguiente pregunta que Tomás tuvo que considerar era si las transacciones se hacen injustas a causa de defectos en la cosa vendida. A esto sigue la pregunta de si los vendedores deben revelar defectos o riesgos en las transacciones. Todas estas preguntas se pueden aplicar a Bitcoin.

Para determinar si es legítimo vender algo más caro de lo que vale, Tomás siguió su método típico, comenzando con las razones que parecerían permitir las ventas a cualquier precio, por ejemplo, “en las transacciones de la vida humana, lo justo se determina por las leyes civiles, y, según éstas, es lícito al vendedor y comprador engañarse recíprocamente.

Extendiendo este argumento a Bitcoin en particular, la opinión “libertaria” declararía que los intercambios de Bitcoin son legítimos en cualquier circunstancia. El de Aquino ofreció una observación de su época: vio que diversas personas estaban dispuestas a pagar diversos precios por una canción de un bufón popular. Entonces lo mismo puede ocurrir con otros precios, incluido, en nuestros días, el precio de Bitcoin. Mientras una transacción de Bitcoin se haga según el precio declarado a la hora del intercambio, y no existe coerción o fraude, el intercambio es justo.

El Aquinate se preocuparía también de cualquier fraude en el mercado de Bitcoin o cometido por los comerciantes de Bitcoin. Imagínese, por ejemplo, que Coinbase o algún otro vendedor creara un sitio web basado en un mundo ilusorio en que los que tenían cuentas no podían utilizar sus bitcoins, o que alguien creara un esquema Ponzi basado en Bitcoin. En estos casos se condenaría el esquema y el fraude, pero no necesariamente Bitcoin.

¿La forma en que se producen los bitcoins afectaría el juicio del de Aquino? No lo creo. Tomás dudaba de que se pudiera hacer oro mediante la alquimia, pero dijo que si alguien descubriera cómo hacerlo, se podría vender el oro del alquimista por el mismo precio que el oro extraído.

Para producir Bitcoin, los productores (“mineros”) necesitan poder de computación considerable, que implica una fuerte dependencia de la electricidad barata. En el mundo de hoy, donde la intervención gubernamental desempeña un papel tan desproporcionado en los mercados de energía, el precio de la electricidad a menudo es menor en los países con precios subvencionados (como Venezuela) o precios arbitrarios (como China).

En muchos casos, el impacto ambiental causado por el uso excesivo de la energía puede crear una carga indebida a víctimas inocentes. No he podido encontrar en el de Aquino ni en sus seguidores ninguna crítica al oro como dinero a causa del impacto de la minería del oro en el ambiente o a causa de las condiciones duras de trabajo de los mineros.

Cualquier impacto ambiental negativo de la producción de Bitcoin sería culpa de las subvenciones y la falta de derechos de propiedad, no de Bitcoin per se. Tomás se preocuparía de cualquier daño directo a terceros causado por los “mineros” de Bitcoin; tales daños exigirían la restitución.

Santo Tomás de Aquino habría reconocido el derecho del gobierno a restringir el uso de Bitcoin. Estas restricciones podrían ser pequeñas (por ejemplo que el gobierno no acepte pagos en bitcoins) o más serias (por ejemplo que se haga ilegal el uso de Bitcoin y otras criptomonedas). De hecho los gobiernos de los dos países más poblados del mundo han impuesto restricciones a las criptomonedas: el Banco de la Reserva de la India las ha prohibido, y China ha impuesto barreras importantes al comercio de las criptomonedas. El de Aquino habría aceptado también el derecho de los bancos privados o públicos a decidir no aceptar los depósitos de bitcoins o depósitos de los principales distribuidores de Bitcoin.

¿Qué decir de las dudas sobre la naturaleza y el valor “objetivo” de los bitcoins? El de Aquino, como sus seguidores, estuvo de acuerdo con San Agustín en que los precios de los bienes dependen de “la utilidad que los hombres tienen de ellas. Por consiguiente, no es menester que el vendedor o comprador conozcan las cualidades ocultas de la cosa vendida, sino solamente aquellas por las que se vuelven aptas para los usos humanos.” Para los que tienen poco conocimiento de cómo se producen los bitcoins, y los que concluyen que no hay ningún valor objetivo más allá de lo que se puede obtener en el mercado, Bitcoin les puede resultar útil. Y las cosas que son escasas y útiles tienen un precio.

Para Santo Tomás y sus seguidores, los bienes que no se consideran esenciales, o los que se venden en una subasta pública, deben seguir la regla de res tantum valet quantum vendi potest—el valor de un bien es lo que se puede obtener por él. Todas las transacciones son juzgadas por el principio volenti non fit iniuria—los que hacen algo voluntariamente no pueden aducir injuria, deben asumir el riesgo—pero siempre con la condición de que no haya fraude, coerción o monopolio. Bitcoin no es una excepción a estos principios. Por tanto el precio justo de Bitcoin sería el que se publica al momento de la compra. Con la tecnología de hoy este precio se puede comprobar instantáneamente desde cualquier rincón del mundo con acceso al Internet.

Bitcoin puede desempeñar un papel importante para ayudar a las personas a ejercer sus libertades. Recuerdo una conversación que tuve el año pasado durante una reunión con un joven empresario que había abandonado la dictadura en Venezuela y se había mudado a la República Dominicana. Le pregunté, “¿Cómo sacaste tu dinero del país?” Me contestó, “Bitcoin.” Esta criptomoneda ha hecho que sea más fácil para las víctimas de las tiranías y los manipuladores de la moneda del gobierno proteger sus bienes y derechos.

¿Qué decir del peligro de que Bitcoin se podría utilizar para el lavado de dinero, la financiación del terrorismo, o para buscar rescates de secuestros, chantajes u otros crímenes? Las criptomonedas no son los únicos instrumentos que se usan para tales fines.

Todas estas actividades ilegales existían antes de Bitcoin y siguen pasando con las monedas normales. Por ejemplo, recientemente se descubrió que el banco danés Danske y su pequeña filial en Estonia habían lavado más de 200 mil millones de dólares para intereses espurios rusos. Todavía no hay nada de esa magnitud que haya ocurrido con Bitcoin.

Los grandes centros del intercambio y producción de Bitcoin son vigilados por varias agencias de inteligencia americanas. Supongo que las agencias de otros países tienen prácticas similares, y que gobiernos han infiltrado centros de producción y distribuidores. Es incierto si esto agrega un mayor factor de riesgo a Bitcoin en comparación con otras monedas.

Dada la novedad de Bitcoin y otras criptomonedas, el de Aquino continuaría a estar atento a los factores principales que afectan su oferta y demanda. Nuevas investigaciones y experiencias afectan esta área nueva de la economía y hacen que mi análisis y los análisis de otros sean preliminares y sujetos a la corrección. Como todos que han analizado Bitcoin, Santo Tomás habría incorporado a su estudio el supuesto límite a la producción de bitcoins como un factor que contribuya a su precio. Consideraría también la apertura del mercado de la moneda virtual, donde a pesar del dominio de Bitcoin otros competidores siguen apareciendo.

Bitcoin tiene amigos y enemigos poderosos. Hace unos días estuve en una cena de la Philadelphia Society donde el ponente principal, el inversor Tim Draper, colmó a Bitcoin de alabanzas y argumentaba que dará lugar a un mundo en que los gobiernos competirán por nuestros talentos y nuestra ciudadanía. The Economist, por otra parte, publicó un artículo principal que expresaba dudas serias respecto a esta criptomoneda.

Considerados todos estos factores y todas las preguntas que Bitcoin sigue suscitando —y con consideración particular de la adopción voluntaria de Bitcoin por parte de una clase de participantes del mercado en su mayoría bien educados— es probable que Tomás de Aquino hubiera aprobado el uso de Bitcoin. Sin embargo habría añadido una advertencia importante: Caveat emptor, que el comprador tenga cuidado.

Traducido por Joshua Gregor

Original en inglés publicado Forbes

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