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 Cuando la Primera Comunión termina en los juzgados

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Maria José Fuenteálamo - publicado el 25/01/19

¿Dejarías la educación religiosa de tus hijos en manos de un juez?

¿Has decidido qué educación religiosa quieres darle a tus hijos? ¿Lo has consensuado de una forma clara con tu pareja? ?¿Se trata de una decisión que compartís los dos? ¿Queréis que sean bautizados y que formen parte de la Iglesia Católica? ¿Queréis que hagan la Primera Comunión a los 8-9 años? ¿Y que antes reciba catequesis? ¿Habéis hablado ya sobre el tipo de colegio que queréis para vuestros pequeños? ¿Preferís que vayan a un colegio público o a un colegio religioso donde les formen en valores y virtudes cristianas, por ejemplo?

Hay muchas personas que éstas quizá le parezcan preguntas innecesarias, sin embargo jueces de todo el mundo tienen que resolver muy a menudo sobre estas cuestiones por desavenencias en parejas separadas o divorciadas. Y es que cuando toca tomar decisiones de este tipo, de pronto, el padre o la madre del niño comenta que no quiere que su hijo reciba catequesis o prefiere un colegio laico en lugar de uno religioso. Y lo cierto es que este tema acaba muchas veces en los tribunales. Llevar a juicio estas cuestiones puede parecer una barbaridad, pero en esta sociedad cada vez más judicializada está sucediendo.

Problema de los padres, no de religión

Los jueces, obligados a dar la razón a uno de los dos progenitores se reconocen en aprietos para buscar una solución. Aseguran que normalmente, el cuestión no es en sí la educación religiosa, sino la falta de entendimiento de los padres.

“Algo va mal si tenemos que acudir a la Justicia respecto a la educación de los hijos”, señala José Ramón Bernácer, magistrado Juez de Menores de Toledo (España), quien ha recibido numerosos galardones por su buen hacer al frente de su juzgado en aras de la reeducación y la reinserción de los chicos. En su conferencia “Resolución judicial de conflictos de desacuerdo en la formación religiosa de los hijos”, impartida durante la Apertura del Año judicial eclesiástico en Albacete (España), refrenda la idea de la ‘lucha’ entre los padres: “Lo que se discute a veces no es la religión en sí, sino lo que rodea a algunos eventos, como por ejemplo, la Primera Comunión”.

Como juez y padre, lo primero que recomienda a lo padres es evitar llevar a los juzgados este tipo de situaciones. Hay muchas opciones para resolver esta problemática familiar. Repasamos, al hilo de su conferencia, el estado de la cuestión y qué se puede hacer cuando nos enfrentamos con un problema de este tipo.


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1. Tener un acuerdo sobre la educación religiosa de los hijos

¿Y por qué no? Incluso, por escrito, una vez que nacen los niños. En Derecho Canónico, cuando te casas por la Iglesia, tienes la obligación de educar a tus hijos en la fe católica. La normativa civil, sin embargo, recuerdan los jueces, no es precisamente clara en todos los países. Los padres, ambos, tienen la libertad de educar a sus hijos en la religión o no.


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Es un derecho que otorga la patria postestad, que mantienen ambos progenitores tanto si tienen la custodia como si no. Es decir, una libertad que se comparte al 50%, ¿cómo resolver ante ideas contrarias? En Alemania y en Francia, por ejemplo, los jueces tienen la premisa de sentenciar en función de lo que se venía haciendo antes de la separación: si los padres se casaron por un rito religioso u otro, si bautizaron a los hijos, si iban a misa… Y esa es una de las fórmulas que suelen seguir los jueces en estos casos, pero no siempre está tan claro.

2. Acudir a mediación antes de ir a los tribunales

La Iglesia, además de sus tribunales Eclesiásticos, ofrece ayuda para mediar en estos casos, al igual que en cuestiones de problemas matrimoniales. (El Instituto Coincidir, por ejemplo, fundado por nuestra colaboradora María Álvarez de las Asturias ofrece orientación personal y familiar en Madrid).  Pero además, y dado que la 1ª Comunión se trata del “hecho estrella”, a la hora de acudir a los tribunales, recomienda rebajar el nivel de parafernalia y reflexionar sobre todo lo que envuelve a este día: el banquete, el vestido, los regalos…


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Durante su conferencia, José Ramón Bernácer, desgranó algunas sentencias que dan el nivel de surrealismo al que se llega en los tribunales. Así, señaló que ha habido jueces que han tenido que decidir sobre un vestido de una niña o sobre el lugar de celebración del banquete. En un caso en concreto, en un hotel, para que el niño pudiera ir subiendo y bajando de planta para estar con una familia y la otra.


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3. Llegar hasta el juzgado: mal ejemplo para los hijos

Llevar la falta de acuerdo en la educación de los hijos ya es de por sí, no ayudar a esa educación. Para empezar, los desacuerdos no tienen en cuenta esa idea superior del “bien del menor”. Porque en ocasiones, no se invoca en absoluto, puesto que se llevan otro tipo de cuestiones ante el juez: un padre prefiere un colegio a otro simplemente porque le queda más cerca de casa; un progenitor que quiere o no que tome la Primera Comunión para que el niño no se sienta diferente a sus compañeros de clase…


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Y los casos todavía se vuelven más enrevesados cuando los hijos acaban declarando en el juzgado, y es que, en España, partir de una edad pueden hacerlo. Un mal trago que los jueces recomiendan siempre ahorrar a los pequeños. La normativa en España señala que el juez debe escuchar a los padres y a los hijos “cuando tengan suficiente juicio”.

Por eso, la recomendación es siempre tener un acuerdo y acudir a la mediación, para evitar enfrentamientos primero y cuestiones judiciales después. En un guiño irónico, que resume su conferencia, el magistrado Bernácer, asegura que se evitarían muchos problemas si la normativa dijera que solo se puede escuchar a los padres en el juzgado “cuando tengan suficiente juicio”.

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