Se trata de la más peligrosa acción represiva concretada por el régimen de Nicolás MaduroEl gobierno de Nicolás Maduro acaba de tomar una decisión drástica: pasar a civiles a tribunales militares. Se basan en un código de Justicia Militar que data de 1942, bajo el cual se ha procesado a ciudadanos que efectivamente han incurrido en rebelión militar –guerrilla o sublevaciones-, atentado o agredido a efectivos del ejército. Hoy, se pretende aplicar a jóvenes que manifiestan de manera pacífica.
Las razones son dos: en primer lugar, las protestas exigiendo democracia se multiplican sin que ninguna modalidad represiva, aplicada hasta ahora, haya conseguido un efecto disuasivo; en segundo lugar, el Ministerio Público (Fiscalía) se niega en redondo a imputar a los jóvenes que se mantienen en la calle porque no encuentra elementos para ello y porque exigen el cumplimiento del debido proceso.
La opción que ha tomado el gobierno es apelar a los fiscales militares a fin de actuar y hacerlo rápido. Por supuesto, previo decreto de Estado de Conmoción. Lo ideal para el gobierno sería imponer ese decreto en todo el país pero no tienen componente militar suficiente. Esa falta de efectivos militares es la justificación para incorporar a los llamados “colectivos” a la represión de calle, en realidad paramilitares que hacen de brazo armado civil de la GNB y la PNB.
Están aplicando este tipo de medidas, por los momentos, en los Estados Carabobo y Falcón –en este último sin haber cumplido con decretar la Conmoción, lo cual agrava la ilegalidad- ambas zonas de gran repercusión social. Los jóvenes estudiantes son detenidos bajo cargos de rebelión y traición a la patria, algo desmedido para jóvenes que luchan sin protección alguna en nuestras ciudades.
A partir del viernes pasado, temprano en la mañana, se instalaron los Tribunales Permanentes de Guerra compuestos por un juez militar -que es un abogado asimilado-, un secretario -igualmente abogado asimilado- y un fiscal militar que sustituye al fiscal del ministerio público. Un tribunal militar se instala y trabaja las 24 horas del día. Expide boletas de allanamiento en segundos.
Existe otra restricción a la cual el gobierno hace caso omiso: convenios internacionales suscritos por Venezuela, con rango constitucional y fuerza de ley en el país, establecen que este tipo de procedimientos configuran una violación de los derechos humanos y establecen claramente que el ciudadano tiene derecho a ser juzgado por sus jueces naturales. En el caso de los civiles deben intervenir tribunales civiles.
De hecho, 19 estudiantes fueron detenidos entre los días 5 y 6 de mayo en la Ciudad de Coro. Posteriormente fueron trasladados a la Base Naval de Punto Fijo el día lunes 8 de mayo, para ser juzgados por un tribunal militar. Días antes, se habían producido violaciones a la autonomía universitaria de la UNEFM, en las instalaciones de área de estudios conocida como “Cubo Azul”, a las instalaciones del Hospital Universitario General de Coro y allanamientos a las residencias estudiantiles.
El obispo de la Diócesis de Punto Fijo, monseñor Carlos Alfredo Cabezas, junto a su Vicario Rafael Bitter, visitó a los estudiantes e instó a que se respetaran sus derechos constitucionales (el debido proceso); también cuestionó el que los tribunales militares juzguen a civiles.
Igualmente, los miembros del Secretariado de Pastoral Juvenil se mantienen siguiendo el caso muy de cerca. Son jóvenes militantes Pro-Vida que en varias oportunidades han exigido el respeto de los Derechos Humanos de los jóvenes de Coro y Punto Fijo (Estado Falcón).
El martes 9 de mayo se efectuaron dos audiencias de presentación ante el Tribunal Militar de Falcón, en las que fueron procesados jurídicamente 18 de los 29 estudiantes detenidos el pasado viernes 5 de mayo en Coro.
Los abogados denunciaron que luego de tres días fue realizada la audiencia, sin permitir la presencia de ninguno de los defensores de los detenidos. El tribunal militar tampoco permitió la presencia de los abogados durante el juicio, sino que se les asignó un defensor público militar.
Hay otros detenidos en Valencia, capital del Estado Carabobo, ubicado apenas a dos horas de trayecto desde Caracas.
El 10 de mayo, los gremios como el colegio médicos, ingenieros, abogados, los estudiantes universitarios, y la sociedad civil marcharon hasta la Base Naval de Punto Fijo, para condenar las sentencias, denunciar las violaciones a los DD.HH consagrados en la constitución y exigir su libración inmediata.
Es de hacer notar que la figura del Estado de Conmoción no estaba prevista en la Constitución del 1961. La Constitución de 1999 –que promovió y avaló Hugo Chávez y se mantiene vigente- introduce el Estado de Conmoción con el cual se buscaba actuar contra la rebelión; pero se presenta una contradicción – en la misma Carta Magna- con la legalización de la rebelión por el constituyente a través del célebre artículo 350, lo que no hace sino resaltar el anacronismo del Código de Justicia Militar por el cual se ha comenzado a procesar a civiles a través de tribunales militares.