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¿A qué tenemos derecho cuando estamos enfermos?

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Mònica Costa - publicado el 18/04/17
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El primero, derecho a una medicina preventivaDesde 2007, el 18 de abril se celebra el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes. Aunque es difícil enumerarlos porque varían mucho de un país a otro tanto por las diferentes legislaciones como por las costumbres sociales y culturales, hay algunos que son comunes porque se derivan de forma natural de los Derechos Humanos.

El Capítulo Europeo de los Derechos de los Pacientes los resume en 14:

  1. Derecho a una medicina preventiva. Los servicios de salud tienen el deber de concienciar a la población para prevenir de forma gratuita a las personas de riesgo y permitiendo que los resultados de las investigaciones científicas estén al alcance de todos.
  2. Derecho al acceso a los servicios sanitarios sin discriminación por recursos financieros, lugar de residencia o tipo de enfermedad. Esto afecta incluso a las personas sin permiso de residencia legal.
  3. Derecho a la información sobre su estado de salud, los servicios sanitarios, como utilizarlos, resultados de investigaciones clínicas o innovaciones tecnológicas. La información debe estar adaptada a los pacientes, teniendo en cuenta sus circunstancias religiosas, étnicas o lingüísticas. Todo paciente tiene derecho al acceso directo a su historial clínico, informes médicos, resultados de pruebas.
  4. Derecho al consentimiento. Los pacientes tienen derecho a participar activamente en las decisiones que conciernen a su salud y para ello deben ser informados sobre los riesgos y molestias asociadas, efectos secundarios y alternativas con tiempo suficiente como para poder decidir y en un lenguaje comprensible. El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar el tratamiento e incluso a rehusar que se le proporciones información sobre su estado de salud.
  5. Derecho a la libre elección entre los diferentes procedimientos (diagnósticos o de tratamiento) e incluso proveedores. Si no confiamos en nuestro médico, tenemos derecho a cambiarlo.
  6. Derecho a la privacidad y confidencialidad sobre la información relativa a su estado de salud, posibles diagnósticos y terapias y visitas a los médicos, a menos que el paciente haya dado consentimiento explícito a ser compartido con algunas persona o institución de su confianza.
  7. Derecho a recibir el tratamiento en un periodo de tiempo rápido y determinado según el grado de urgencia. Los pacientes tienen derecho a consultar las listas de espera.
  8. Derecho a servicios de alta calidad tanto desde el punto de vista técnico, de confort como de atención humana.
  9. Derecho a no sufrir daños por el mal funcionamiento de los servicios de salud, los errores médicos, la negligencia profesional.
  10. Derecho a acceder a procedimientos innovadores, en el diagnóstico y el tratamiento. Para ello los servicios de salud deben promover y mantener la investigación en todos los ámbitos.
  11. Derecho a evitar dolor y sufrimiento innecesarios en todas las fases de su enfermedad.
  12. Derecho a una atención personalizada adaptada a sus necesidades personales.
  13. Derecho a reclamar si ha sufrido un daño y a recibir una respuesta o información adicional.
  14. Derecho a la compensación cuando haya sufrido un daño físico, moral o psicológico causado por un tratamiento, tanto producido por una lista de espera demasiado larga como por una negligencia..
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