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¿Hay un vacío en el derecho canónico respecto a la familia?

A Latin American family – es

© Andresr/SHUTTERSTOCK

Ary Waldir Ramos Díaz - publicado el 26/02/15

La realidad matrimonio-familia fue creada por Dios para el bien del hombre concreto: en la práctica canónica el bien de la familia deberá ser también esencial

El derecho eclesiástico se ha ocupado principalmente de matrimonio y poco de familia, afirmó el secretario general del sínodo de los obispos, el cardenal Lorenzo Baldisseri, durante la presentación del libro Persona y matrimonio: misterio, reflexión y vida, editado por la Librería del Vaticano, el pasado 20 de febrero.

Para reflexionar sobre esta cuestión abierta en la Iglesia, y de cara al próximo sínodo ordinario sobre la familia (octubre 2015), Aleteia ha conversado con Jorge Ernesto Villa Ávila, de 52 años, colombiano, abogado rotal y único latinoamericano que ejerce en Roma, quien además ha editado la obra presentada por el cardenal Baldisseri en la Universidad Lateranense.

¿Cuál es el vacío que existe en el derecho canónico en relación con la familia?

La cuestión se podría poner en los siguientes términos: a los tradicionales bienes agustinianos sobre la familia (bien del sacramento, la prole y la fidelidad), hoy no solamente tenemos que agregar el bien de los esposos (de origen Conciliar y recogido por el código de derecho canónico de 1983) sino también el bien de la familia, del cual en la reflexión canónica actual, se siente el vacío.

¿Cuál es el aporte que hace el libro en este sentido?

La consideración de que la realidad matrimonio-familia fue creada por Dios para el bien del hombre concreto, existencial: ¡Aquí y ahora! No el hombre para el derecho, sino el derecho para el hombre.

Precisamente esta es la síntesis del aporte del ilustre auditor de Rota, José María Serrano Ruíz, del cual en este libro recogemos sus últimos artículos.

El Papa Francisco ha hecho hincapié en varias ocasiones sobre considerar los problemas concretos de las familias desde la opción pastoral y doctrinal. ¿Cómo el derecho canónico hace un aporte al respecto?

Constante ha sido la preocupación del magisterio de la Iglesia para que pastoral y doctrina no sean consideradas aspectos contradictorios. En realidad, todo en la Iglesia está al servicio de la salvación de las almas, sobre todo el derecho.

Por este motivo, la misericordia cada vez más entra en la solución de los casos concretos, pero no se pone nunca fuera de la verdad. Entonces, los jueces eclesiásticos están llamados a servir pastoralmente a los fieles indicando si el matrimonio en concreto es nulo o válido.

Esto significa que, se necesita cada vez más una profunda compresión del misterio del matrimonio, en la práctica canónica el bien de la familia deberá ser también esencial.

¿Por qué el matrimonio es un misterio desde el punto de vista del derecho?

El matrimonio es un misterio porque la persona es un misterio. El modelo del amor humano es el amor de Dios que se hace concreto para cada uno de nosotros en el matrimonio.

De esta manera, la unión entre los esposos es una unión con la otra persona; por ello se crea una relación única, irrepetible y total. Una sola carne; dos personas recíprocamente complementarias.

Queda claro que el derecho canónico da amplio espacio a las normativas sobre el matrimonio ¿Cuál es el vacío normativo en materia de la protección de los hijos?

La verdad es que, en mi opinión, no hay vacío jurídico al interno del derecho canónico en este tema. Basta decir que el sistema canónico no es sólo la ley escrita sino además y sobre todo la ley divina, la ley natural. La educación humana y cristiana de los hijos ha estado siempre en la cima del pensamiento canónico y del magisterio eclesiástico.

Otro es el problema práctico en relación con la situaciones de derecho de menores sobre las cuales la Iglesia no tiene algún poder coercitivo en las naciones occidentales. En cambio, en el derecho oriental la Iglesia sí toma decisiones sobre todo lo que concierne a los menores.

El problema práctico en relación con la tutela de los hijos se circunscribe en la imposibilidad de la Iglesia de tomar decisiones judiciales en este tema de frente a la legislación de los estados laicos. 

¿Cuál es el problema con los estados laicos?

La Iglesia perdió a través de los siglos la posibilidad de juzgar sobre los efectos del matrimonio en potestad, que los estados nacionales se tomaron totalmente.

Tags:
derecho canonicofamiliamatrimonio
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