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¿Un divorciado puede ser catequista?

Conversación

© Philippe Noisette

Henry Vargas Holguín - publicado el 07/10/14

Los divorciados no deben quedar excluidos de la vida parroquial, su papel en ella se concreta en diálogo con el sacerdote

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El Papa Francisco ha dejado claro que la doctrina de la Iglesia sigue siendo la misma, pero ha pedido un cambio de enfoque pastoral, que consistiría en dejar de insistir en los temas polémicos, para dar paso a predicar la misericordia de Dios.

El fondo del problema consiste en reducir la atención pastoral a los fieles divorciados que se han vuelto a casar a que puedan recibir la comunión sacramental, olvidando que existen otras formas de comunión con Dios porque siguen dentro de la Iglesia y pueden continuar practicando la fe. La unión con Dios se alcanza cuando el creyente se dirige a Él con fe, esperanza y amor, en el arrepentimiento y la oración.

Toda la Iglesia, como buena madre, siempre ha expresado su preocupación por la situación de los católicos divorciados unidos de nuevo, algunos de los cuales, equivocadamente, se sienten excluidos de la Iglesia. Pero Dios, a través de la Iglesia, los anima a acercarse.

Los divorciados que se han vuelto a casar recuerden que son miembros de la Iglesia y sería un grave error, por parte de unos y de otros, confundir el hecho de no poder comulgar con estar excomulgados. Ambas cosas son muy diferentes. Los divorciados no están excomulgados, están en plena comunión con la Iglesia; y se les invita por tanto a no autoexcluirse, a reforzar esa comunión con Ella y, en Ella, con Dios recordando que la Iglesia es el cuerpo místico de Cristo del cual somos parte gracias al bautismo.

Hay muchas maneras de vivir y concretar esta comunión con Dios y con su Iglesia; por tanto sería un gesto reduccionista e irresponsable enfocar el tema, única y exclusivamente desde la perspectiva de la posibilidad de que los divorciados casados de nuevo civilmente puedan recibir el sacramento de la Eucaristía.

Para la Iglesia la situación de los divorciados que se han vuelto a casar civilmente es un verdadero desafío pastoral. Y la atención pastoral a estas personas no está en el cambio de doctrina o en un cambio de praxis, sino en la necesidad de ir al encuentro de estas personas que se encuentran en una situación, muchas veces de gran sufrimiento, y en la que no debemos dejarles solos.

Por tanto hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: por una parte las razones bíblicas, patrísticas e históricas que piden que los fieles divorciados casados de nuevo no puedan recibir los sacramentos. Y por otra están las enseñanzas de los Papas que indican expresamente que estos creyentes pueden y deben seguir unidos a la Iglesia.

Por ejemplo, Juan Pablo II, en la Familiaris consortio (22.XI.1981), n. 84, señala que ellos pertenecen a la Iglesia y tienen derecho a la atención pastoral y deben tomar parte en la vida de la Iglesia. Luego, Benedicto XVI, en la Sacramentum caritatis (22.II.2007), exhorta a los obispos y sacerdotes a dedicar “una especial atención” a los afectados, “con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa misa (aunque sin comulgar), la escucha de la Palabra de Dios, la adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos”.

La pastoral es la forma de llevar a la práctica la doctrina. La doctrina, que es el desglose de la Divina Palabra, no es una armadura que impida la vida o la acción pastoral, es como el esqueleto de la vida cristiana. Por tanto no tendría sentido plantear una pastoral negando la doctrina, pues quien busque soluciones pastorales en su contra, estaría creando nuevos y más grandes problemas pastorales.

Cuando se plantea el tema de la comunión de los divorciados vueltos a casar y/o su relación con la Iglesia y con Dios, con frecuencia se mezclan varias cuestiones, algunas doctrinales y otras pastorales intrínsecamente relacionadas. Es un error presentar la cuestión en términos antagónicos, como si la misericordia o la pastoral llevaran en una dirección y la justicia y la doctrina en otra opuesta.

Es necesario tener en cuenta todas las circunstancias, para no caer en una falsa disyuntiva: comunión o excomunión. La misericordia no se opone a la justicia; la misericordia y la justicia pueden y deben ir de la mano. No tendría sentido faltar a la misericordia en nombre de la justicia, ni en nombre de la misericordia, faltar a la justicia. Una misericordia injusta y una justicia inmisericorde son inmorales. Ambas atentan contra la justicia y la caridad.

Defender la indisolubilidad del matrimonio y buscar el acercamiento de los divorciados a la Iglesia no son cuestiones alternativas, sino ambas son exigencias de la misión de la Iglesia.

En la búsqueda de soluciones, la caridad pastoral y la verdad teológica o doctrinal se deben complementar pues no se contraponen.

Generalmente las personas católicas practicantes que se han vuelto a casar por lo civil (o simplemente se han ido a convivir con otras personas, así sin más) lo han hecho porque las circunstancias les han obligado a ello, pero no lo hacen por desprecio a la salvación o por negar a Dios; y son sinceras al decir que aman a Dios, que lo quieren encontrar en los sacramentos de la Iglesia y anhelan estar en paz con Dios.

¿Quiénes somos nosotros para negarles ese encuentro con Cristo y la relación en la fe con los demás hijos de Dios o hermanos? No debemos olvidar lo que dijo Jesús: “La Ley fue hecha para el Hombre y no el hombre para la Ley”

La preocupación por los divorciados que oran, que quieren formar cristianamente a sus hijos y sufren la no recepción de la Comunión, etc., necesita una pastoral concreta.

Los divorciados tienen lugar y un papel en la Iglesia, aun aquellos que no puedan recibir la comunión. La comunión eucarística es importante, pero no es la única forma de participar de la vida de la Iglesia o de la vida de Dios.

Como todos los fieles, ellos pueden y deben rezar,  asistir a misa, hacer el rosario, educar cristianamente a sus hijos, llevarlos a catequesis, participar en grupos de oración, de formación, de ayuda social, catequesis, etc.

Éstas últimas acciones, es decir el jugar un papel en la vida de parroquia se harán concretas como fruto de un dialogo con el sacerdote, con el párroco.

Lo importante es eso: que estos fieles no están excluidos de ninguna manera de la vida parroquial. El cómo, el quién, el cuándo, el dónde, es secundario.

La Iglesia busca una pastoral hacia los divorciados que esté en perfecta sintonía con su pastoral matrimonial general, en la que se pide -y se exige- el esfuerzo para sacar adelante el propio matrimonio. Si consideráramos el divorcio superficialmente ¿con qué cara le vamos a pedir a los casados que cuiden su matrimonio y luchen por él?

Al ocuparnos de los divorciados, debemos hacerlo en el contexto de todos los fieles y de la realidad de la situación de cada uno. No podemos olvidar, por ejemplo, a los tantísimos cónyuges que, una vez separados en su matrimonio, han permanecido fieles al vínculo conyugal. A nadie se le ocurriría decir que han sido víctimas de la doctrina, ni que deberían buscar alguien con quien rehacer su vida.

Lastimosamente, dentro de los mismos fieles, se está fomentando  una visión equivocada de los sacramentos viviéndolos bajo apariencias.

Por tanto es un error que todo se focalice en los separados, con o sin disolución del vínculo desde el punto de vista de la ley civil, olvidando que hay casados sacramentalmente por la Iglesia que llevan una vida conyugal sin ‘problemas’, pero que tampoco deberían comulgar pues llevan una doble vida: Deshonestidad tributaria, pago de salarios injustos a sus trabajadores, tráfico de influencias, corrupción, etc., etc., etc.. y comulgan sin escrúpulos semanalmente.

También se da el caso de fieles que aun casados sacramentalmente por la Iglesia, aun siendo creyentes, aun no teniendo impedimentos para comulgar, nunca comulgan.

Ahora bien, el gran desafío pastoral que tenemos no está tanto en conseguir dar la comunión a los divorciados a cualquier precio sino que el gran desafío es triple: cómo ayudar a que los jóvenes quieran casarse y se casen con las debidas disposiciones y que sus matrimonios sean válidos; ayudar para que los matrimonios duren toda la vida; y que las nuevas familias sean Iglesias domesticas.

Yo creo que el acercamiento a Dios de los divorciados tiene que pasar por un acompañamiento personalizado por parte del obispo o sacerdote a la persona concreta deseosa de acercarse a Dios; acompañamiento que en cada caso supone un camino diferente, indiferentemente de quien tenga la iniciativa.

Si la persona es dócil y quiere realmente amar a Dios sobre todas las cosas, pondrá los medios y todo de su parte. Si es así una vez recibida válidamente la absolución sacramental, no habría inconveniente en que reciba la Comunión eucarística.

Y si tal vez en una determinada comunidad parroquial la recepción pública de estos sacramentos pudiera ser causa de confusión o de escándalo -ya sea por la notoriedad del caso o por otra causa- la prudencia pastoral puede indicar la conveniencia de la recepción privada de dichos sacramentos.

Un casado por la Iglesia, cuando fracasa en su matrimonio, lo que hace o puede hacer es sólo desligarse de la otra persona desde el punto de la ley civil, es decir, quitarle a su matrimonio sus efectos civiles.

Entonces ante la ley o ante el Estado esa persona deja de ser esposo o esposa de la otra persona, a esto es a lo que se llama divorcio, un término equivocado porque el vínculo sacramental sigue, en el matrimonio sacramental no hay divorcio. El término más correcto sería separación, con o sin efectos civiles.

Hay personas que se separan, pero no hacen ningún trámite civil; si posteriormente estas personas son fieles al vínculo sacramental, aunque sea por separado, y si viven una vida cristiana coherentes, pueden recibir los sacramentos.

También hay personas que deshaciendo su vínculo matrimonial civilmente no vuelven a ligarse o unirse a otra persona, si en este caso también son fieles al vínculo sacramental y si viven una vida cristiana coherente, pueden recibir los sacramentos.

Los casados por la Iglesia que rompen su vínculo civil y se unen «sólo civilmente» con otra nueva persona, no necesariamente faltan al respeto a su unión sacramental con la auténtica esposa o esposo. Esto es muy difícil, pero no imposible.

Si estas personas son conscientes del precedente vínculo sacramental del uno o de ambos y lo respetan (indiferentemente de que haya o no haya nuevos vínculos civiles) y con el acompañamiento de un sacredote pueden confesarse -con todo lo que este sacramento implica-, pueden confesarse y comulgar.

Para Dios y la Iglesia, lo que cuenta es que se respete el primer y único vínculo sacramental que se supone sea válido, independientemente de las nuevas circunstancias. 

Que haya una unión civil, dos o tres, no importa, lo que importa es la fidelidad al matrimonio sacramental y al legítimo cónyuge, cosa para nada fácil, pero posible si se quiere amar a Dios sobre todas las cosas. Dios se puede valer de cualquier ganchito para salvar a sus hijos que buscan su comunión con Él, Dios salva lo salvable.

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