Menores centroamericanos solos que huyen de la pobreza y la explotación son retenidos en la frontera y esperan la deportación
El Instituto para las Mujeres en Migración Asociación Civil (www.imumi.org), avalado por una gran cantidad de organizaciones que en México y Centroamérica dedican sus esfuerzos al problema migratorio, ha publicado un reporte exhaustivo sobre la niñez migrante no acompañada en la región norte y centroamericana, concretamente Honduras, Guatemala, El Salvador, México y Estados Unidos.
Violencia generalizada
La primera parte del informe se refiere a las características reales de la crisis humanitaria que, de pronto, ha saltado a los titulares de todos los medios en el mundo tanto por la envergadura del problema para Estados Unidos como por el hecho de que los migrantes sean ahora menores de edad viajando sin la compañía de una persona adulta.
El informe destaca que miles de niñas, niños y adolescentes de Centroamérica y México están huyendo de sus países debido a que su integridad y seguridad están en riesgo y requieren protección internacional, así como la implementación de protección integral y acorde a las necesidades específicas de los diferentes grupos de edad, sexo, etnia y nacionalidad.
La violencia generalizada, la pobreza y la falta de protección gubernamental que padecen, los obligan a migrar, situación que ha incrementado en los últimos cuatro años. Cabe resaltar que de octubre de 2013 hasta junio de 2014, más de 51,000 menores de edad han sido detenidos por la Patrulla Fronteriza, de los cuales 12,146 eran de nacionalidad mexicana. La respuesta del gobierno estadounidense ha sido incrementar los espacios destinados a su detención, disminuyendo su capacidad para identificar potenciales necesidades de protección especial.
Según dice el informe, las estadísticas oficiales mexicanas muestran que en el primer trimestre de 2014 devolvieron a casi 1,600 niñas y niños centroamericanos no acompañados, y recibieron 3,724 niñas y niños mexicanos no acompañados repatriados por Estados Unidos. Se estima que de continuar este comportamiento, al finalizar el año, el número de niñez migrante no acompañada o separada ascendería a 6,400 que serían devueltos a Centroamérica, es decir, un incremento mayor al 50 por ciento comparada con el año 2012, que en total fue de 4,009 niñas y niños devueltos a sus países de origen.
La respuesta gubernamental, especialmente de México y Estados Unidos, ha sido la detención y activación de un proceso expedito para su devolución o repatriación, omitiendo su obligación de velar por el interés superior de la niñez e identificar y brindar la protección internacional que las y los niños necesitan, termina diciendo la primera parte del informe.
Características especiales de la niñez migrante centroamericana
El informe en cuestión afirma que la niñez no acompañada centroamericana que llega a Estados Unidos es puesta bajo custodia de Protección de Aduanas y Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) en tanto les es asignado alojamiento mediante la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR, por sus siglas en inglés) tiempo que no debería exceder las 72 horas.
Sin embargo, confirma el texto, debido al vertiginoso aumento las niñas y los niños no acompañados, éstos quedan bajo custodia de la Patrulla Fronteriza por tiempos extendidos, en lugares provisionales y bajo condiciones que afectan su desarrollo y salud emocional.
Confirmando lo que ha sido ya denunciado por la prensa, el informe dice que una vez en la custodia de la ORR, las autoridades realizan entrevistas para determinar la situación de las y los menores de edad para identificar si tienen familiares o posibles tutores con autorización de la familia que vivan en el territorio de la Unión Americana. Si se identifican familias o tutores, son puestos bajo su custodia mientras esperan su audiencia migratoria ante un juez.
Datos de 2012 demuestran que por lo menos 65 por ciento de las y los niños son reunificados con familiares o tutores y 40 por ciento son elegibles para algún tipo de protección, como asilo, visas especiales de niñez o visas como víctimas de un delito.
Características especiales de la niñez migrante mexicana
En los casos de la niñez mexicana se les suele procesar con mayor prontitud y devolver a la frontera, mediante acuerdos binacionales, entregándolos a la autoridad mexicana, primero al Instituto Nacional de Migración (INM) y posteriormente al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), organismo gubernamental a cargo de la asistencia y protección de la infancia en México, o a albergues de la sociedad civil que tienen acuerdos con el DIF.
En México, según el informe, la autoridad migratoria detiene a las niñas, a los niños y a los adolescentes migrantes no acompañados provenientes de Centroamérica, detectados en puntos de entrada y mediante revisiones migratorias en vías de ferrocarril y puestos móviles en carreteras. De acuerdo con la Ley de Migración, el INM deberá trasladar a las y los niños detenidos a las instalaciones del DIF, sin embargo, si éstos son mayores de doce años son ingresados a las estaciones migratorias, lugares que no cumplen con los estándares adecuados para su desarrollo y seguridad.
La política de los albergues del sistema DIF es no aceptar niñas o niños de doce años o más por no contar con las condiciones de seguridad requeridas ni con medidas de atención especializada para este grupo de edad.
Ni en Estados Unidos ni en México se les asiste bien
En este renglón de la asistencia a los menores de edad, el informe destaca que ni en Estados Unidos ni en México se les garantiza el rápido acceso a una asistencia jurídica ni a otra asistencia adecuada para impugnar la legalidad de su detención o incluso solicitar la protección internacional. Simplemente, su condición de migrantes y su situación de irregularidad les privan de su libertad, ignorando la potencial necesidad de protección que pudieran tener y su responsabilidad estatal ante la niñez de la región.
Es, pues, una crisis humanitaria, pero también una gran oportunidad para encontrar soluciones multilaterales –no solamente de un país expulsor o del país receptor de niñas, niños y adolescentes migrantes—que garanticen mínimamente el respeto fundamental que se le debe al derecho de los niños a ser, justamente, niños.