Aleteia logoAleteia logoAleteia
jueves 18 abril |
San Simeón, obispo de Seleucia y mártir
Aleteia logo
Actualidad
separateurCreated with Sketch.

¿Ha violado el gobierno de Venezuela el Derecho internacional?

derechos venezuela

© Carlos Adampol Galindo

Adalberto Urbina Briceño - publicado el 18/03/14

La aplicación de la violencia por parte de los órganos del Estado venezolano contra la población civil viola los derechos fundamentales

La aplicación de la violencia por parte de los órganos del Estado venezolano contra la población civil constituye una aplicación generalizada del uso de la fuerza, en violación de todas las normas internacionales de derechos humanos, e incluso de las normas del Derecho Internacional Humanitario.

Hay que recordar, que en Venezuela no existe, hasta el momento,  un estado de excepción decretado conforme a la Constitución y al Derecho Internacional Público, por lo cual, rigen todos los derechos y garantías constitucionales. Es de resaltar que se encuentran plenamente vigentes los Pactos y Convenciones  internacionales sobre derechos humanos, debidamente suscritos y ratificados por Venezuela. Además, la mayoría de los derechos violados es inderogable;, de acuerdo al Derecho Internacional, aunque el país se encontrara en un estado de excepción. Entre estos destaca sobremanera el derecho a la integridad personal, que prohíbe la tortura y las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Hechos tales como la represión generalizada de la población civil durante las manifestaciones pacíficas, las detenciones masivas de estudiantes, manifestantes y transeúntes en general, las torturas a que estos han sido sometidos, las violaciones al derecho a un juicio justo, la aplicación de censura previa a los medios de comunicación y los ataques a la inviolabilidad del domicilio u hogar doméstico, resultan claramente violatorios de muchas normas establecidas en una larga serie de instrumentos internacionales vigentes y aplicables en Venezuela. Entre otros resultan violados los siguientes:

La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura, la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la Convención Interamericana sobre la desaparición forzada de personas, el Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión. Ha sido especialmente violado el Código de conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, considerado norma consuetudinaria, el cual establece los principios de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza por dichos funcionarios y explica el carácter de “medida extrema” que tiene el uso de armas de fuego en estas circunstancias.

Por otra parte, el llamado “Plan Especial” para el restablecimiento del orden público en el Estado Táchira, con el empleo de efectivos del Ejército, y que ha incluido el despliegue de un batallón de paracaidistas y el sobrevuelo de aviones militares para amedrentar a la población civil, constituye una violación grave al principio de distinción entre civiles y combatientes, uno de los pilares del Derecho Internacional Humanitario.

En relación con la saña que en algunos casos se ha tenido para con los estudiantes manifestantes, es de hacer notar que, incluso en el curso de un conflicto armado de carácter interno o guerra civil, las normas generales del Derecho Internacional Humanitario y el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, establecen que en todo caso “la persona humana queda bajo la salvaguardia de los principios de humanidad y de las exigencias de la conciencia pública”.

Además, todas las violaciones señaladas configuran crímenes internacionales que pueden ser categorizados como “crímenes de lesa humanidad”, cometidos “como parte de un ataque generalizado y sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”,  de conformidad con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (artículo 7) y caen bajo la  competencia de ese alto tribunal.

Por todo lo anterior, es posible concluir que, sin duda, estamos en presencia de la violación masiva de los derechos humanos más grave en la que ha incurrido un gobierno suramericano en los últimos años.


Adalberto Urbina Briceño
Profesor Jefe de la Cátedra de Derecho Internacional Público
Universidad Católica Andrés Bello

Tags:
derechos humanosprotestasvenezuela
Apoye Aleteia

Usted está leyendo este artículo gracias a la generosidad suya o de otros muchos lectores como usted que hacen posible este maravilloso proyecto de evangelización, que se llama Aleteia.  Le presentamos Aleteia en números para darle una idea.

  • 20 millones de lectores en todo el mundo leen Aletiea.org cada día.
  • Aleteia se publica a diario en siete idiomas: Inglés, Francés, Italiano, Español, Portugués, Polaco, y Esloveno
  • Cada mes, nuestros lectores leen más de 45 millones de páginas.
  • Casi 4 millones de personas siguen las páginas de Aleteia en las redes sociales.
  • 600 mil personas reciben diariamente nuestra newsletter.
  • Cada mes publicamos 2.450 artículos y unos 40 vídeos.
  • Todo este trabajo es realizado por 60 personas a tiempo completo y unos 400 colaboradores (escritores, periodistas, traductores, fotógrafos…).

Como usted puede imaginar, detrás de estos números se esconde un esfuerzo muy grande. Necesitamos su apoyo para seguir ofreciendo este servicio de evangelización para cada persona, sin importar el país en el que viven o el dinero que tienen. Ofrecer su contribución, por más pequeña que sea, lleva solo un minuto.

ES_NEW.gif
Oración del día
Hoy celebramos a...




Top 10
Ver más
Newsletter
Recibe gratis Aleteia.