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¿Tienes demasiada “mamitis”? Tu matrimonio podría ser nulo

El apego desordenado a la madre puede ser una patología.

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Emanuele D'Onofrio - publicado el 24/02/14 - actualizado el 27/12/22
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Nadie puede dar lo que no tiene: si una persona no puede disponer de sí misma, no puede entregarse en una unión

Para un hijo con "mamitis", la mujer es sólo un sustituto de la madre. Entendámonos, esto vale también en el caso de una hija. Y ese vínculo patológico puede ser, según el Derecho Canónico, causa justa para declarar nulo un matrimonio.

Lo subraya monseñor Paolo Rigon, vicario judicial del Tribunal eclesiástico de Liguria (Italia). También el cardenal Angelo Bagnasco, moderador del Tribunal en calidad de arzobispo de Génova y presidente de los obispos italianos, profundizó en el concepto de dependencia y, sobre todo, mostró que la Iglesia es contraria a este tipo de vínculo entre padre e hijo y que, si no madura con el desarrollo del individuo, se vuelve dañino. Sobre todo lo es para la pareja que ese hijo va a formar.

Sobre esto habla a Aleteia Hector Franceschi, ordinario de Derecho Matrimonial Canónico y vicerrector en la Universidad Pontificia de la Santa Croce, y juez del tribunal de Primera Instancia del Vicariato de Roma.

- ¿Cómo juzga la enunciación que llega del Tribunal eclesiástico ligur?

Franceschi: Ante todo debemos preguntarnos si esta afirmación supone una novedad al afirmar que la "mamitis" puede hacer nulo un matrimonio. Yo diría que no. Como juez, de hecho, en más de una ocasión he tenido que lidiar con causas de nulidad por las que, aún sin hablar explícitamente de "mamitis", se trataba de incapacidad psíquica: en esos casos, a través de la pericia de un psiquiatra o de un psicólogo, se ponía de manifiesto que no había simplemente una dependencia demasiado fuerte de la madre, sino que era un verdadero desorden de la personalidad.

A menudo estas son situaciones que los psiquiatras atribuyen a un periodo que se remonta a la primera adolescencia. En muchos de estos casos esa dependencia es la que hace nacer un desorden dependiente de la personalidad, y por tanto una dependencia psicológica del padre o de la madre.

En las causas que yo he tenido en las manos, al menos aquí en Italia, es más frecuente la dependencia patológica del hijo hacia su madre. Quizás la causa es una madre demasiado posesiva que crea una personalidad muy insegura, un joven siempre en busca de la aprobación de la madre y que no consigue tomar una decisión libremente.

Esta es una situación que se ve ya desde el momento del matrimonio, hay signos visibles de esa dependencia patológica. A menudo explota claramente cuando empieza esa competición entre la pobre esposa y la madre de él. En esos casos a veces lo que he comprobado es una injerencia indebida que lleva al fracaso de la unión, porque la propia madre, o el hijo que no quiere cortar el cordón umbilical que le une a él, no han sabido gestionar el problema. Otras veces en cambio se trata de una auténtica patología, que hace a la persona incapaz de asumir la condición conyugal en sus elementos esenciales, y que busca en la mujer un sustituto de la madre. En la competición entre la esposa y la madre, por lo demás, casi siempre gana la madre, que tiene la experiencia de su parte.

-¿Cómo entra esto en el proceso de nulidad del matrimonio?

Franceschi: Cuando una persona expone brevemente los hechos o motivos por los que pide que se declare la nulidad del matrimonio, nunca podrá pedirlo "por mamitis", claramente, porque este término no indica una causa de nulidad; esta puede ser sólo jurídica, y entonces podría ser "por incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio", por una "causa psíquica", por ejemplo.

Entonces el tribunal estudia, escucha a las partes, a los testigos. En esta fase pide también la peritación de un experto para que haga varias visitas al presunto incapaz, con tests diagnósticos, y después da su opinión técnica sobre la existencia de una patología psíquica, si es anterior al matrimonio, en qué modo ha afectado a la libertad de la persona, etc. Los jueces, que en Italia son siempre tres, forman un colegio que decide si consta la nulidad o no consta.

A continuación se va a la segunda instancia, es decir, a un tribunal superior, que deberá confirmar o no la sentencia en primera instancia. Para que la sentencia sea "ejecutiva", para que el matrimonio sea efectivamente nulo y los cónyuges puedan volver a casarse, hace falta una segunda instancia que confirme la primera. Sólo cuando no la confirma, se va a la tercera instancia, que es la Rota Romana.

- Entre las tareas del tribunal, ¿está también la de intentar encontrar soluciones que hagan innecesaria la anulación del matrimonio?

Franceschi: Sí. Así es. El mismo Código de Derecho Canónico establece que antes de iniciar la causa el juez debe valorar si es posible la reconciliación o la convalidación o sanación (remedios jurídicos) de un matrimonio nulo. Yo creo que siempre es un bien, para la Iglesia, para las personas, hacer todo lo posible para salvar un matrimonio. A veces se ve que hay un problema de comunicación grave entre ellos dos, por la injerencia de la madre, etc. Entonces es importante tener un buen consultorio familiar, dirigir la pareja a un psicólogo o a un consultor familiar para que pueda ser ayudada a superar lo que hace difícil el diálogo conyugal. Esto es siempre un bien, el Tribunal debería hacerlo siempre. Es verdad que a veces no se hace, depende mucho de los países.

- Esta norma muestra cómo la Iglesia busca siempre que las personas construyan relaciones sanas con su familia de origen, ¿no es así?

Franceschi: Así es. En lo que respecta a la libertad de los contrayentes, un dato que me parece muy interesante es que no es muy sabido que desde los primeros siglos la Iglesia fue la primera en defender la libertad de los contrayentes. Por ejemplo, condenando incluso con penas graves las influencias externas que privan de esta libertad, como los padres que obligan a sus hijos a casarse con una determinada persona. Esto sucedía regularmente hasta hace pocos siglos, pero hay culturas en las cuales aún son los padres los que deciden con quién debe casarse el hijo o hija.

La Iglesia siempre ha defendido la libertad del consentimiento, que es insustituible. El derecho de la Iglesia dice que el consenso no puede ser suplido por ninguna potestad humana: ni por la Iglesia, ni por los padres, ni por el grupo cultural. Es la decisión más personal que existe, yo diría que es una auténtica elección vocacional, la de entregarse a sí mismo para crear esa nueva comunidad que es el matrimonio. Por esto hace falta esa libertad mínima. Si no se verifica esta libertad mínima, entonces para la Iglesia nunca hubo matrimonio.

- ¿Cuándo no existe esta libertad mínima?

Franceschi: Pongo dos ejemplos: el primero es el del temor grave, de alguien que es obligado contra su voluntad a dar el consentimiento, bajo amenaza. El segundo caso es el de la incapacidad. Una persona que por anomalía psíquica no tiene suficiente libertad, no puede ser ella misma cuando toma la decisión sino que se ve afectada por un condicionamiento patológico o por una dependencia patológica; si esto lo certifica un psicólogo, esto hacer decir a la Iglesia que no hubo matrimonio.

Y después la Iglesia alienta mucho, y lo dice claramente tanto en el Magisterio como en el mismo Código de Derecho Canónico, la obligación grave de los padres en la educación no sólo religiosa, sino moral y humana de los hijos. Promueve e intenta encontrar soluciones a los problemas prácticos, los que se leen en los periódicos, los chicos que no tienen trabajo, que no pueden ser independientes, etc. Esto es distinto de la "mamitis". Crear condiciones sociales justas: educar adecuadamente en el sentido de que hoy – esto lo veo también por el trabajo pastoral – los jóvenes quieren tener todo bajo control antes de casarse. Y también ponen el acento en la fiesta, el viaje, y se pierden que el centro de todo es el compromiso, el entregarse a sí mismos, mientras que todo lo demás es accesorio.

- ¿Cuáles son las causas más frecuentes para iniciar una causa de nulidad matrimonial?

Franceschi: Para una declaración de nulidad – porque, recordemos, no se trata de anular algo que era válido, sino de declarar que ese matrimonio nunca existió, es decir, que no era válido desde el principio – las causas más frecuentes creo que son por una parte lo que se llama exclusión o simulación, es decir, una persona que se casa con la voluntad positiva por ejemplo de no tener hijos. En este caso el problema está en el hecho de que esta persona está excluyendo algo que está en la esencia del matrimonio: por ejemplo, la exclusión de la fidelidad.

La "simulación" es una de las causas de nulidad más frecuentes, también la falta de formación que encontramos hoy en muchos jóvenes, que llegan al matrimonio con una formación a veces incluso hostil al matrimonio, a la familia, a la fidelidad, etc. Se casan con una voluntad claramente cerrada a algo que es esencial del matrimonio.

Y la otra causa que yo veo en los tribunales es precisamente la llamada incapacidad psíquica: hay cada vez más causas de esto. Un tema sobre el que los pontífices – Juan Pablo II, Benedicto XVI – han vuelto muchas veces en los famosos discursos a la Rota Romana, intentando despejar algunas interpretaciones demasiado amplias, porque a veces basta apuntar a la presencia de un problema psicológico para definir a alguien como "incapaz". No puede ser así. La incapacidad psíquica anula la discreción mínima, o hace incapaz de asumir algo que es esencial del matrimonio. Nadie puede dar lo que no tiene: si una persona no puede disponer de sí misma, no puede entregarse en una unión.

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