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Doctrina Parot y derechos de los presos: claves de una sentencia polémica

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Patricia Navas - publicado el 24/10/13

Por qué el fallo de un tribunal europeo provoca la excarcelación de criminales en España

Magistrados españoles profundizaron en los derechos fundamentales de los presos y la posición jurídica de las víctimas en los procesos de finalización del terrorismo en una jornada celebrada este jueves en la Universidad Católica de Valencia.

La polémica sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que afecta a la doctrina Parot  ocupó un lugar destacado del debate, informó la universidad.

Para el Fiscal Coordinador de Víctimas de la Audiencia Nacional Fernando Burgos, “no cabe alarma social” ante esta resolución del tribunal de Estrasburgo ya que “si un sujeto cumple la condena, lo que se espera en un Estado de derecho es que salga de la prisión”.

Burgos constató que en este asunto “confluyen los sentimientos, las emociones, la sorpresa, pero todo ello no es traducible a cuestiones jurídicas; una cosa es la emoción y otra la norma jurídica y su cumplimiento bien interpretado, pues todas las normas se tiene que interpretar”. 

El fiscal explicó que el fallo del TEDH respecto a la condena de la etarra Inés del Río, que pide la excarcelación de la terrorista, responde al hecho de que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y el artículo 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Burgos afirmó que “la sentencia debe cumplirse”, aunque, ante posibles nuevos casos, “habría que ver uno por uno”.

“La Audiencia Nacional se reunió en el Pleno inmediatamente después de publicarse la sentencia y resolvió, en primer lugar, que la sentencia debe cumplirse y, en segundo lugar, como es un quebrantamiento de los derechos fundamentales, que hay que cesar en el quebrantamiento de estos derechos, que, en este caso, supone devolver la libertad”, detalló.

“La idea que se debe desterrar es que esto es un zafarrancho, ya que esta sentencia se refiere a una persona que tiene una condena y unas circunstancias concretas. Cada uno de los demás condenados que pudieran beneficiarse de la doctrina establecida en la sentencia del TEDH tendrá sus propias condiciones”, añadió.

También se refirió a las sentencias ejecutorias –procedimientos dinámicos que modifican la liquidación de condena– y explicó que “de vez en cuando, el tribunal que ejecuta la sentencia recibe noticias del centro penitenciario donde está el condenado alegando que se le han aplicado reducciones por algunos beneficios penitenciarios de los que existen, y que se devengan con el tiempo si se dan ciertos requisitos; al recibirlo, el tribunal lo valora y modifica o no la liquidación de condena, que generalmente se traduce en adelantar la fecha de cumplimiento”.

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Francisco Monterde (que votó a favor de la doctrina Parot aprobada en 2006) justificó la rapidez con la que se ha ejecutado la sentencia afirmando que “todos los temas penales con prisión se tramitan con celeridad”.

Monterde también destacó que si bien “España ha suscrito el convenio europeo, que tiene carácter obligatorio y hay que acatarlo”, el Tribunal Constitucional defiende que, ante posibles nuevos casos, hay que “examinar y resolver cada uno por separado”. 

El presidente del Consejo Jurídico Consultivo, Vicente Garrido, pidió una actitud de “memoria, dignidad y justicia” hacia las víctimas del terrorismo y afirmó que tras la sentencia del TEDH “nos indigna ver cómo sufren las víctimas ante el pronunciamiento de Estrasburgo y, mientras, los etarras están contentos y lo celebran”.

Por su parte, el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Valencia José Vicente Morote mostró su desacuerdo con el contenido del fallo y declaró que “toda persona tiene derecho a que se le imponga la pena que estaba en vigor cuando comete un delito, pero no tiene derecho a que se imponga la pena de acuerdo con una interpretación concreta de un determinado órgano jurisdiccional”. 

Finalmente la Directora General de Apoyo a las Víctimas de Terrorismo del Ministerio del Interior Sonia Ramos Piñeiro ensalzó el sistema español de atención a las víctimas desde el punto de vista legal, destacando la concesión de indemnizaciones y el apoyo traducido en acompañamiento en juicios, información y orientación.

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derechos humanosespañaeuropaterrorismo
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