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La reforma de la propiedad de la tierra, asignatura pendiente en Paraguay

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CELAM - publicado el 10/10/13

La actual situación de inequidad es fuente de tensiones y de pobreza

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Uno de los principales desafíos del Paraguay es la tenencia y propiedad de la tierra. Es un tema que debe ser incluido en la agenda de prioridades de una política pública consensuada entre todos los sectores y actores de la sociedad nacional. La tierra ha sido y seguirá siendo foco de permanentes tensiones y conflictos sociales mientras no exista una política tendiente a ordenar, legalizar y legitimar su distribución, tenencia y propiedad.

En un informe del Banco Mundial del año 2007 se describe la inequidad en la distribución de la tierra: «El Paraguay tiene uno de los patrones de tenencia de la tierra más sesgados del mundo, 2% de los establecimientos agrícolas (alrededor de 6.400 granjas) ocupan 82% de la tierra explotada de forma agrícola (alrededor de 20 millones de las 24 millones de hectáreas en uso agropecuario, o la mitad del área total de Paraguay de 40 millones de hectáreas). Las mediciones estadísticas de distribución están sujetas a debate debido a las extensas propiedades en el árido Chaco (dos tercios del país con solo 2% de la población). No obstante, la desigualdad en la tenencia de la tierra es evidente y se ha vuelto la causa más importante de inquietud social rural, asimismo un impedimento al crecimiento en pos de reducir la pobreza».

La Iglesia enseña que la tierra “es un don de Dios para todos” y que, “mediante el trabajo, el hombre, usando su inteligencia, logra dominar la tierra y hacerla su digna morada… La doctrina social postula que la propiedad de los bienes sea accesible a todos por igual, de manera que todos se conviertan, al menos en cierta medida, en propietarios, y excluye el recurso a formas de posesión indivisa para todos”. (Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, N° 176).

Por su parte, la Constitución Nacional establece que el Estado debe promover la calidad de vida de todos los habitantes de la República “mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza…” (Art. 6) y que “todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos… El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien”, (Art. 46). En cuanto a la propiedad privada, la Carta Magna dice: “Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y límites serán establecidos por ley, atendiendo a su función económica y social, a fin de hacerla accesible para todos…” (Art. 109)

El texto de la Constitución entra en consonancia con lo que enseña la Iglesia al respecto, pues, “la tradición cristiana nunca ha aceptado el derecho a la propiedad privada como absoluto e intocable”, siempre ha entendido que el derecho a la propiedad privada está subordinado al derecho al uso común, al destino universal de los bienes. En este sentido, “la propiedad privada, cualquiera sean las normas jurídicas a ella relativas, es, en su esencia, sólo un instrumento para el respeto del principio del destino universal de los bienes, y por tanto, es un medio y no un fin (Cfr. CDSI, N° 177).

La Iglesia enseña que “el individuo no puede obrar prescindiendo de los efectos del uso de los propios recursos, sino que debe actuar en modo que persiga, además de las ventajas personales y familiares, el bien común” (CDSI, N° 178).

Los datos del Banco Mundial, sobre la tierra en el Paraguay, retratan una gran inequidad en su distribución, tenencia y propiedad, y contradicen esencialmente al mandato de la Constitución y la enseñanza social de la Iglesia. Por ello es que los Obispos del Paraguay, en reiteradas oportunidades, hemos exhortado a las autoridades públicas a impulsar el desarrollo rural sostenible y poner todo el empeño y la voluntad política para la elaboración de un catastro nacional de tierras, porque “para que la reforma agraria integral tenga el éxito esperado hace falta recuperar aquellas tierras adjudicadas a través de títulos de propiedad ilegales, como también las ocupaciones ilegales, y su distribución con criterios de justicia social, entre la población carente de tierra”. (Mensaje de la CEP sobre la problemática de la tierra, noviembre de 2008).

La reforma agraria es un mandato constitucional claro, preciso y de urgente atención por parte de las autoridades y toda la clase dirigente. En efecto, la Carta Magna establece: “la reforma agraria es uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural. Ella consiste en la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación. Se adoptarán sistemas equitativos de distribución, propiedad y tenencia de la tierra; se organizarán el crédito y la asistencia técnica, educacional y sanitaria; se fomentará la creación de cooperativas agrícolas y de otras asociaciones similares, y se promoverá la producción, la industrialización y la racionalización del mercado para el desarrollo integral del agro”. (Art. 114).

En el Paraguay, la inequidad clama al cielo. La injusta distribución de la tierra, las oportunidades, los ingresos, es inmoral. Ningún cristiano ni persona de buena voluntad puede quedar con la conciencia tranquila ante la brecha social que margina a una de cada cinco personas de los bienes esenciales para una vida digna, entre ellos una alimentación básica.

Es necesario poner a la persona humana en el centro de todas las decisiones y medidas económicas y políticas. Así dice el Señor: La ley, “el sábado, está hecho para el hombre” (Mc 2,23-28). “Sólo reconociéndoles la dependencia de Dios creador y, consecuentemente, orientándolos al bien común, es posible conferir a los bienes materiales la función de instrumentos útiles para el crecimiento de los hombres y de los pueblos”. (CDSI, N° 181)

Por Mons. Adalberto Martínez, Obispo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

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