¿Se puede comulgar si has cometido pecados veniales?
San Pablo expresó con contundencia que no todos están en condiciones de recibir la Comunión: Examínese, por tanto, cada uno a sí mismo, y entonces coma del pan y beba del cáliz, porque el que come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propia condenación (I Cor 11, 28-29). Estas palabras ponen de relieve la gravedad del asunto, pero no proporcionan un criterio claro de cuándo uno es digno y cuándo no. Por eso, omo tantas otras, esta cuestión también fue sometida a debate.
Da la impresión, sin embargo, que los destinatarios de la carta –los corintios- ya tenían alguna idea al respecto. Es pues importante ver las fuentes conocidas de la vida de la Iglesia primitiva. A finales del siglo I o principios del II se escribió la llamada Didache(o “Doctrina de los Doce Apóstoles”), en la que se habla bastante de la Eucaristía. Tras señalar que el sacramento es solo para los bautizados, añade la siguiente frase: Quien sea santo, acceda; quien lo sea menos, haga penitencia. Aunque necesite una ulterior precisión, sigue siendo un criterio válido, a la luz del cual se entiende lo que está establecido.
Se podría obrjetar, y con razón, ¿pero quién puede decir que es santo? Libre de todo pecado, nadie. Por eso el acercamiento a la Comunión debe ser penitencial, para purificarnos cuanto podamos. Lo propio es recibir la comunión cuando ya hay una comunión del alma con el Señor.
Ahora bien, hay diversas situaciones, como también hay distintos tipos de pecados. El pecado mortal rompe del todo esa comunión, y en este caso la penitencia requerida pasa por la recepción del sacramento de la Penitencia como condición previa.